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Se inicia con la creación de la Junta Federal, mediante decreto expedido el 22 de septiembre de 1927 y publicado el 23 de
septiembre del mismo año, al principio con cinco Juntas Especiales, pero no había base constitucional, que señalara la
jurisdicción federal del trabajo por materias, en cuya virtud, se le objetaba de inconstitucional. Por lo tanto, mediante
reforma publicada el 6 de septiembre de 1929, se dispuso en el preámbulo del artículo 123 constitucional, que la materia de
jurisdicción federal, sería la misma que corresponde al Congreso de Unión para su función legislativa y se precisa en el
artículo 73 fracción X de nuestra carta magna. Así las cosas, en el año de 1933, se crearon dos Juntas Especiales más y en 1944,
se establecieron otras siete, ya que el 18 de noviembre de 1942, experimentó ampliación la materia de jurisdicción federal.
Por último, hubo nueva ampliación e14 de febrero de 1975, proporcionando el marco normativo para crear las Juntas Especiales 15
y 16.
Segunda Época
Desconcentración en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Hasta entonces, se contaba con dieciséis Juntas Especiales de la Federal, concentradas en la Ciudad de México, cuyas cargas
de trabajo, se vinieron incrementando notablemente; a más de lo cual, patrones y trabajadores; sobre todo éstos, se hallaban
muy limitados para acudir a esa localidad, cuando radicaban lejos de la misma.
Por tanto, se necesitaba crear Juntas Especiales integradas a la Federal, pero en diversas zonas del territorio nacional, para
equilibrar las cargas de trabajo y llevar la impartición de justicia, a las zonas donde se suscitaban los conflictos laborales.
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