Versión estenográfica

Versión estenográfica de la conferencia de prensa ofrecida por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón, en las instalaciones del Infonacot

JAVIER LOZANO ALARCÓN.- Muy buenos días a todas y a todos ustedes, les agradecemos mucho el que el jueves santo estén aquí presentes en esta conferencia de prensa que tiene un doble propósito.

En primer término quiero presentarles al nuevo Director General de Comunicación Social que, a partir de este día, se encargará de esta importante área de la Secretaría, se trata de Raúl Reynoso Nuño, algunos de ustedes ya lo conocen pues tiene 26 años de experiencia en medios de comunicación gubernamental. Él, hasta ayer, era el Director General de Comunicación Social de la Procuraduría Federal del Consumidor, anteriormente fue Director de Información de Medios de los Estados en la Coordinación de Comunicación Social de la Presidencia de la República, antes de eso estuvo como editor del programa de radio Fuego Cruzado en AM y gerente de ABC Radio Mexicali.

Estuvo en Televisión Azteca Mexicali, también. Destaca que fue Director de Comunicación Social del Gobierno del estado de Baja California en la época del Gobernador Ernesto Ruffo. Tiene una amplia experiencia en este sector y, dado que ahora estamos entrando en esta fase tan importante, tan relevante de la reforma laboral que implica estrategia, cercanía con los medios y mucha información que tiene que estar fluyendo, la experiencia de Raúl, estoy convencido, de que va a ser muy importante en esta nueva etapa.

Alberto Petrearse, a quien estoy muy agradecido por su trabajo, tiene una nueva encomienda que le ha pedido que se encargue la Coordinación de Comunicación Social de la Presidencia de la República que se hará del conocimiento de ustedes en breve. A Raúl le he pedido que esté muy de cerca de ustedes, que los atienda debidamente y que nos ayude a que fluya más la información entre nosotros.

Por otro lado, me acompaña aquí Rosalinda Vélez, ella es la Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría y, el motivo principal de esta conferencia de prensa, es abordar algunos de los puntos que han sido más comentados en estos días desde que se presentó el pasado 18 de marzo esta iniciativa por parte de los grupos parlamentarios de mi partido, el Partido Acción Nacional, tanto de diputados como de senadores, para reformar la Ley Federal del Trabajo en 419 cambios y que, generosamente, han tomado prácticamente en su integridad el trabajo que desarrollamos en esta Secretaría en los últimos tres años y adicionándole otros aspectos que los grupos parlamentarios del PAN consideraron importantes.

Hemos detectado cerca de 480 impactos en los medios de comunicación tanto electrónicos, escritos, en estos últimos días, lo cual nos deja ver el gran interés que ha despertado ante la opinión pública y ante la sociedad este tema y, por lo mismo, hacemos un llamado, muy respetuoso, poniendo el ejemplo precisamente que en estos días nosotros estamos trabajando en el tema para que los legisladores, particularmente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados a donde fue turnada, como es natural, esta iniciativa, a la brevedad inicien la discusión y la dictaminación de la misma.

Como toda iniciativa, y lo hemos dicho, es susceptible de ser enriquecida, de ser adicionada, de ser modificada, de ser tomada en cuenta algunas otras de las 332 iniciativas previas o nuevas iniciativas que se puedan llegar a presentar. Pero la petición, pero no solamente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, del Gobierno de la República, sino de la sociedad en su conjunto, es que una materia tan relevante para la vida de las personas, para los trabajadores actuales, para quienes aspiran a ser trabajadores, para sus familias, es que este tema tan relevante para la sociedad se discuta, se negocie, se dictamine y se vote, porque eso es lo que estamos esperando los mexicanos ante una iniciativa de tal trascendencia.

Pero también quiero referirme a algunos aspectos que han sido recurrentes en estos días, donde basados, o en la desinformación, o quizás en una actitud dolosa, pretenden confundir a la opinión pública sobre algunos aspectos que son muy, pero muy relevantes de la iniciativa. Lo primero que quiero rechazar, categóricamente, es la tesis de que con esta reforma laboral se está retrocediendo en cuanto a los derechos y conquistas de los trabajadores, es falso.

Y tan es falso que no solamente es una apreciación subjetiva o personal, lo que les voy a entregar a todos ustedes al término de esta conferencia de prensa, es este documento que resume en qué sentido y en qué aspecto, particularmente, se están adicionando derechos a los ya existentes para los trabajadores y para sus familias. En este vas a ver todas las propuestas que contiene la iniciativa de reforma laboral y se menciona el artículo -en una columna a la derecha- donde se puede encontrar el precepto del que se está hablando.

Con esto lo que estamos buscando es despolitizar el tema, que se pueda revisar con todo detenimiento, por parte de ustedes personalmente, de sus asesores, de quien quiera así hacerlo desde la sociedad como tal, porque ya está en la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En la página electrónica se puede consultar la iniciativa y aquí están marcados –insisto- todos los artículos de los que se habla para efectos de los beneficios adicionales, los nuevos derechos que se están adicionando para los trabajadores en esta iniciativa.

Así que, como se podrá ver, lo podrán ustedes constatar, no hay regresión ni retroceso en cuanto a derechos y conquistas. Lo que hay son nuevos derechos, nuevos beneficios para los trabajadores y para quienes aspiran a ser trabajadores en la economía formal en nuestro país.

Pero también ante la tesis de que esto beneficia a los patrones, en esta misma carpeta, en un segundo apartado, vienen también las cargas que se están imponiendo, las nuevas obligaciones y las nuevas cargas que se imponen a los patrones con la reforma laboral. Entonces, insisto, al término de esta conferencia de prensa, entregaremos a todos ustedes, este material, y sin perjuicio de ello, pues estaremos también a sus órdenes para aclaraciones un poco más adelante.

Por cierto que se dice que esto atenta contra el artículo 123 de la Constitución. Falso, el artículo 123 no está planteándose ningún tipo de modificación, ni una sola coma al artículo 123 constitucional. Precisamente, para evitar esa tentación de abordar aspectos que están contenidos en ese artículo fundamental, y que son precisamente el catálogo de derechos individuales y colectivos que deben mantenerse como intactos, como el mínimo al que todos estamos obligados, particularmente las autoridades, a respetar y a hacer respetar en este país.

De tal manera que ni en la letra ni en el espíritu se está modificando el 123 constitucional, como es natural, pues una ley secundaria. La Ley Federal del Trabajo es reglamentaria del apartado A del artículo 123 constitucional. Como toda ley reglamentaria tiene por objeto detallar, darle el alcance y la dimensión necesaria a los preceptos constitucionales, para eso son las leyes reglamentarias y para eso es, en este caso, la Ley Federal del Trabajo.

Estamos hablando de una ley que el primero de mayo va a cumplir 40 años de edad, la promulgó el Presidente Gustavo Díaz Ordaz, en un país completamente distinto al que tenemos, donde no existían tratados de libre comercio, donde había un solo partido en el poder y, eso, asociado también a las grandes organizaciones del sector obrero, donde había una gran desconfianza hacia el sector empresarial y por eso era una ley mucho más tutelar, que promotora de la competitividad, de las inversiones y del empleo, donde la población económicamente activa no llegaba ni a 14 millones de personas, donde hoy son cerca de 47 millones.

De tal manera que se está planteando la modernización de una legislación que, ni siquiera, conocía la palabra competitividad, que la productividad apenas la menciona en tres ocasiones, en una ley, en mil 10 artículos, y que realmente de esas 333 iniciativas presentadas, pues la mayoría serían incluso del PRI, con 29%, casi 30%, 26% del PAN, 23% del PRD, en fin, estamos hablando de una legislación necesaria.

Luego, se ha dicho que las nuevas modalidades de contratación, a prueba, con capacitación inicial obligatoria, o trabajo de temporada que puede ser por día, por media jornada, por hora, por semana, en fin, o por una temporada al año, se ha dicho que son sin ningún tipo de prestaciones, o seguridad social, u obligaciones para los patrones.

Quiero decirlo con todas sus letras: es absolutamente falso, la contratación a prueba, con capacitación inicial, o los trabajos por temporada, incluido el trabajo por hora, todos ellos, tendrían que estar necesariamente acompañados del pago de salario, igual que a cualquier otro trabajador, con la prestación de servicios similares, de trabajo igual. Segundo, con las prestaciones que se le pagan o se le ofrecen a cualquier otro trabajador, y tercero, lo más importante, con acceso a la seguridad social debida, es decir, los contratos a prueba, con capacitación inicial o por temporada, son con salario, prestaciones y seguridad social.

Así pues, es falso lo que se ha venido diciendo, de que aquí habría una precarización del trabajo. Ciertamente estas modalidades se dan en la realidad, pero se dan al margen de la formalidad, sin seguridad social y sin ningún tipo de seguridad jurídica para los trabajadores, lo que ahora estamos planteando es que esas modalidades, que son una realidad, que el mercado nos está diciendo que en algunas ramas y sectores de la economía, que así ocurre, lo estamos tratando de llevar a la formalidad, para que la gente tenga seguridad social y prestaciones en la economía formal.

Hemos dicho que 54%, más del 54% de quienes están ocupados en este país, no tienen acceso a una seguridad social plena, y lo que queremos revertir es justamente esa tendencia, que haya muchas más personas que tengan empleo, pero empleo en la economía formal, con prestaciones y seguridad social, y estas modalidades que están, ustedes lo podrán ver, en el artículo 35 y luego en el artículo 39 y siguientes de la reforma, podrán ustedes constatar, que lo que estamos diciendo es cierto, más aun, pasado el periodo de prueba, de capacitación inicial, si subsiste la relación laboral, lo que se hace es retroactivo al primer día de la prueba, o de la capacitación inicial, para efectos de acumular antigüedad para los trabajadores.

De tal manera que todo está previsto, y también está previsto, para no abusar, por cierto, se dice que es la figura del aprendiz, falso, esa figura no está reviviéndose en la reforma laboral, no hay tal figura del aprendiz o el aprendizaje, lo que se tiene es un candado para evitar que haya prórrogas a los contratos a prueba, o para que una misma persona sea sujeta primero de un contrato a prueba y luego se le pase a capacitación inicial o viceversa, nunca para una misma persona las dos modalidades, nunca para una misma persona en ese centro de trabajo la prórroga de este tipo de modalidades de contratación.

Por otro lado, en cuanto al outsourcing, miren, ésta es una práctica que se está generalizando en México y en el mundo, yo diría, es natural que una empresa contrate a otra para la prestación de ciertos servicios, piensen ustedes en los servicios generales de limpieza, de mantenimiento, de oficinas, jardinería, lo que tiene que ver con la prestación también de servicios vinculados a la contabilidad de las empresas, a los servicios de computación, en fin, diversas empresas contratan a otras contratistas o subcontratistas para la prestación de este tipo de servicios.

Desafortunadamente lo que estamos viendo en la práctica y, entre otras cosas, se da por una muy mala regulación que tiene nuestra ley vigente, prácticamente escasa regulación al respecto,

Aquí están marcados, insisto, todos los artículos de los que se habla para efectos de los beneficios adicionales, los nuevos derechos que se están adicionando para los trabajadores en esta iniciativa.

Así que, como se podrá ver, lo podrán ustedes constatar, no hay regresión ni retroceso en cuanto a derechos y conquistas. Lo que hay son nuevos derechos, nuevos beneficios para los trabajadores y para quienes aspiran a ser trabajadores en la economía formal en nuestro país.

Pero también ante la tesis de que esto beneficia a los patrones, en esta misma carpeta, en un segundo apartado, vienen también las cargas que se están imponiendo, las nuevas obligaciones y las nuevas cargas que se imponen a los patrones con la reforma laboral. Entonces, insisto, al término de esta conferencia de prensa, entregaremos a todos ustedes, este material, y sin perjuicio de ello, pues estaremos también a sus órdenes para aclaraciones un poco más adelante.

Por cierto, que se dice que esto atenta contra el artículo 123 de la Constitución. Falso, el artículo 123 no está planteándose ningún tipo de modificación, ni una sola coma al artículo 123 constitucional. Precisamente, para evitar esa tentación de abordar aspectos que están contenidos en ese artículo fundamental, y que son precisamente el catálogo de derechos individuales y colectivos que deben mantenerse como intactos, como el mínimo al que todos estamos obligados, particularmente las autoridades, a respetar y a hacer respetar en este país.

De tal manera que ni en la letra ni en el espíritu se está modificando el 123 constitucional, como es natural, pues una ley secundaria. La Ley Federal del Trabajo es reglamentaria del apartado A del artículo 123 constitucional. Como toda ley reglamentaria tiene por objeto detallar, darle el alcance y la dimensión necesaria a los preceptos constitucionales, para eso son las leyes reglamentarias y para eso es, en este caso, la Ley Federal del Trabajo.
Desafortunadamente lo que estamos viendo en la práctica y entre otras cosas se da por una muy mala regulación que tiene nuestra ley vigente, prácticamente escasa regulación al respecto, es que estas figuras se están prestando para la simulación y para el abuso. Por qué, porque se utilizan para evadir pagos de impuestos, pero también, particularmente en materia laboral, para evadir prestaciones y el reparto de utilidades. Entonces, lo que estamos haciendo es regular debidamente esta figura, y también para efectos de que quienes así contraten a una tercera empresa, a una contratista, o subcontratista en este esquema llamado típicamente como outsourcing, se cercioren, primero, que sean contratos por escrito, que se cercioren de que los empleados de esas empresas contratistas o subcontratistas tienen todos sus derechos realmente protegidos, seguridad social y que, además, los trabajadores de esa empresa contratista cumplen con los requisitos para poder cumplir con las normas oficiales mexicanas, particularmente en materia de seguridad y salud en el trabajo, y hay sanciones económicas que van de 250 veces hasta 5,000 veces el salario mínimo para quienes actúen de manera dolosa, es decir, para quienes tengan relaciones simultáneas con los trabajadores, pero pretendiendo bajo otra figura que no es una prestación de servicios subordinados.

Por ejemplo, lo que hemos visto que algunas empresas se prestan como cooperativas cuando en realidad su trabajo es subordinado, y lo que se está evitando es pagar salario, prestaciones y reparto de utilidades.

Estamos haciendo una regulación exhaustiva del tema que además está muy en línea con lo que ya se aprobó para la Ley del Seguro Social, de tal manera que no es que se esté formalizando la simulación. Por el contrario, con la Reforma Laboral se acaba con la simulación y los abusos, se dan más instrumentos y más certidumbre a la autoridad para poder vigilar el cumplimiento de estas normas.

Por otro lado, se dice también, yo creo que, no sé, insisto, de manera desinformada, o hasta dolosa, que la Reforma Laboral está planteando que se pueda despedir a un trabajador antes, o antes de que transcurran tres años de antigüedad sin ningún tipo de responsabilidad. Eso es absolutamente falso, es una mentira. No cambia una sola coma los términos en los que se tiene que indemnizar a un trabajador en caso de despido injustificado.

Lo que se está planeando en la Reforma y que es el consecuente de lo que dice la Constitución y la ley vigente es que, cuando a una persona se le despide, a un trabajador se le despide del empleo, puede optar entre solicitar la reinstalación o la indemnización; y, en ambos casos, los salarios caídos que se devenguen cuando esto se lleva en un juicio en las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Y dice la Constitución, la ley, la ley señalada, los casos en los que no procede la reinstalación.

Hoy lo que dice la ley es que la reinstalación se tiene que dar cuando exista una antigüedad mínima de un año, lo que plantea la iniciativa es que esa antigüedad mínima para reinstalación, no para indemnización, para reinstalación, sea una antigüedad mínima de tres años, pero en todo caso el trabajador tendrá derecho a la indemnización y al pago de los salarios caídos.

De tal manera que es falso, falsa la tesis de que se puede despedir sin ningún tipo de responsabilidad a una persona cuando no haya cumplido tres años de antigüedad, lo mismo que los salarios caídos.

Estamos observando, al menos en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los más de 192 mil juicios que tiene abierta la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, estamos observando dos cosas fundamentales: la primera, la duración promedio de los juicios individuales es de 38 meses, más de tres años toma desahogar completamente un juicio individual en la Junta. Y qué es lo que pasa, que muchas de las veces, desde luego en esos 38 meses, el trabajador pudo haber conseguido otro empleo, pero lo que hacen los abogados, abusivos y vivales, es alargar o prorrogar, artificial e indebidamente, esos juicios porque saben que sus honorarios pueden depender de lograr una sentencia, un laudo favorable con el consecuente pago de los salarios caídos.

Pero después de 38 meses, insisto, este es el promedio, hay juicios que llevan mucho más tiempo, entonces se prolongan artificialmente estos juicios, con eso se condena no solamente, puede ser a la reinstalación, o al pago de la indemnización, sino al pago de salarios caídos, y cuando en este país el 98 por ciento de las empresas son micro, pequeñas o medianas, una sentencia de esa naturaleza, un laudo de esa naturaleza, de pago de salarios vencidos por todo ese periodo, lleva a muchas empresas a la quiebra y eso implica que se pierdan fuentes de empleo.

Lo que se está planteando en la iniciativa, es que el pago de las indemnizaciones se mantiene intacto, como está en la ley vigente, pero para efecto de los salarios vencidos que se tenga siempre un límite de hasta seis meses de pago de salarios vencidos. Si el juicio se prolonga más de seis meses entonces se pagan intereses a razón de dos por ciento mensual sobre una base de nueve meses de salario, si es que se prolonga más de seis meses el juicio.

Pero como ustedes pueden ver, de lo que se trata es de poner los incentivos ahora a favor de que la justicia laboral sea pronta, sea ágil y sea transparente y, de esta manera, con la otra medida que se está proponiendo, porque de esos 192 mil juicios individuales la mayoría, 56 por ciento, no son conflictos entre patrones y trabajadores, sino que son demandas, peticiones o reclamaciones que tienen los trabajadores o sus beneficiarios respecto de las instituciones de seguridad social, señaladamente el IMSS, INFONAVIT o las Afores.

Entonces, lo que estamos planteando para ese tipo de procesos, que no son estrictamente conflictos entre el patrón y el trabajador, que sean procedimientos mucho más ágiles, procedimientos sumarios que terminen antes y que le den más espacio a los verdaderos juicios de carácter laboral.

Luego, se dijo recientemente, que si bien es bienvenida la medida de que se prohíbe el acoso o el hostigamiento sexual en los centros de trabajo, no viene aparejado de sanciones, falso.

Todas las obligaciones, en esta legislación, en esta reforma que se está planteando, no quedará una sola obligación sin su consecuente sanción para el caso de incumplimiento.

Hoy nuestra legislación vigente está plagada de normas de buena intención, de buenas intenciones, pero, lo que llamamos los abogados, como normas imperfectas, es decir, tienen obligaciones pero no traen aparejada la sanción correspondiente en caso de incumplimiento.

Para el supuesto que estamos hablando, ahora de acoso y hostigamiento sexual en los centros de trabajo, se prevé una sanción de entre 250 y hasta cinco mil veces el salario mínimo y, en el caso de acoso sexual, el trabajador que lo cometa será despedido.

Es decir, no solamente se castigaría al patrón respecto del trabajador, si un trabajador, con algún compañero de trabajo, comete este tipo de actos totalmente indebidos en centros de trabajo, también será una causa de despido justificado. Así que, por supuesto, que tiene las sanciones correspondientes.

Luego se dice que se está limitando la libertad sindical o la creación de nuevos sindicatos. Falso. Los requisitos para crear nuevos sindicatos siguen estando exactamente en los mismos términos que la legislación vigente, así que no hay ninguna nueva carga, no se impone ninguna nueva obligación o requisito para crear nuevos sindicatos.

Qué es lo que sí está agregando la reforma, la verdad es que son una serie de disposiciones que van a favor de los trabajadores y probablemente eso es lo que tiene un poco incómodas a algunas organizaciones, porque al darle más derechos y más libertad a los trabajadores, se fortalece la libertad sindical, pero claramente, si con ese pleno ejercicio de los nuevos derechos y las nuevas libertades puede atentar contra los intereses de personas o de grupo dentro de los propios sindicatos.

Déjenme decirles a qué nos estamos refiriendo: que la elección de las directivas de los sindicatos sea por el voto libre, directo y secreto. Muchas organizaciones ya lo practican, no será ninguna novedad para ellas, pero muchas otras no.

Que los trabajadores puedan, con su voto personal, libre, directo y secreto, elegir quien debe ser su dirigente de su comité ejecutivo, en los términos de sus propios estatutos.

Se está planteando también, como ya además hay jurisprudencia de la Segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que para el caso de recuento, para disputar la titularidad de un contrato colectivo, también se dé por voto libre, directo y secreto de los trabajadores.

¿Cuál es este supuesto? Dos sindicatos están buscando el contrato colectivo de una empresa. Entonces, para saber cuál de ellos se debe de quedar con ese contrato colectivo, que solamente puede haber un contrato colectivo, si estamos hablando de un solo, por ejemplo, de un contrato colectivo de una sola empresa, si así es el caso, hay algunas empresas que tienen dos o tres contratos colectivos, como lo es el caso de las empresas de aviación, pero típicamente es un solo contrato colectivo para todos los trabajadores.

Entonces, dos sindicatos están peleando la titularidad de ese contrato colectivo y, lo que estamos planteando, es que los trabajadores voten de manera secreta y personalísima, para ver quién tiene la mayoría de votos dentro de esos dos sindicatos para ver quien se queda con la titularidad del contrato colectivo.

Vamos planteando desaparecer la cláusula de exclusión por separación.

¿Por qué? Porque hoy si a un trabajador lo echan de su sindicato, lo expulsan de su sindicato, o bien, decide salirse de ese sindicato, se le puede pedir al patrón, por parte del sindicato, que despida al trabajador sin ningún tipo de responsabilidad ni pago de indemnización alguna, lo cual es, en tesis jurisprudenciales de la Corte, es algo inconstitucional, atenta contra la libertad y el derecho al trabajo.

Es más, esa cláusula de exclusión por separación, ha impedido que México pueda ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que fue suscrito desde 1949 en esa organización e, insisto, México no ha podido ratificarlo precisamente en virtud de esta cláusula de exclusión por separación.

Se está planteando, también, que las directivas rindan cuentas cada seis meses sobre el manejo de los recursos de los sindicatos. Esto ya lo establece la legislación vigente, pero ni tiene sanción y dice que lo tiene que hacer en asamblea.


Lo único que plantea la iniciativa es que, además de hacerlo en la asamblea, se cercioren las directivas de los sindicatos de que los trabajadores, aún si no participan en una asamblea, tengan conocimiento, con todos los medios a su alcance, tengan conocimiento del manejo de esos recursos.

No estamos planteando de ninguna manera que nos rindan cuentas a nosotros como Gobierno. A quien tienen que rendir cuentas es a sus propios trabajadores, pero, ciertamente, que se rindan efectivamente las cuentas a todos y cada uno de sus trabajadores.

Básicamente son los aspectos que se están introduciendo. Otro muy importante: la publicación en Internet de todos los contratos colectivos de trabajo y de todos los registros sindicales. Lo que pasa muchas veces y por eso son los contratos de protección y los sindicatos blancos.

Precisamente se dan por la falta de transparencia, porque los trabajadores, les ocurre como al marido ofendido que de pronto es el último en enterarse de lo que está pasando y, entonces, no saben lo que dice su contrato colectivo y no lo pueden comparar con el contrato colectivo del vecino.

De tal manera que lo que nosotros ya hacemos a nivel federal, pero eso fue por una decisión de voluntad política del Presidente Calderón y de la Secretaría a mi cargo, de publicarlo todo en Internet.

Pero no es porque haya una obligación en la legislación, de hecho, donde hay una gran opacidad es en las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje donde a nivel estatal o en el Distrito Federal, donde no se publican este tipo de instrumentos y entonces el trabajador no tiene herramientas para exigirle a su directiva que se cumpla con lo que dice el contrato colectivo, o no tiene manera de pedir que cambie ese contrato colectivo para ponerlo a tono con lo que pasa en empresas similares.

De tal manera que lo que estamos hablando aquí, estrictamente, es de darle más libertades y más derecho a los trabajadores y sí, ciertamente, pues esto implica acabar con una serie de privilegios de los que han gozado organizaciones sindicales pues que han hecho, o han propiciado, que de esta opacidad, o falta de democracia, o de transparencia, se obtengan beneficios para algunos en perjuicio de las mayorías.

En cuanto a las cuotas sindicales, se dice que está planteando la iniciativa que ya no se paguen cuotas sindicales. Falso.

Nosotros no podemos meternos en ese territorio, si se acuerda el pago de cuotas sindicales en el porcentaje en la proporción, en los montos que establecen los estatutos, es libertad de los sindicatos, de sus agremiados y nosotros no tenemos nada qué decir al respecto.

Lo que se plantea es que se fortalezca y se respete la libertad de disposición del salario, ese es un principio constitucional, es decir, que no sea obligación de los patrones retener las cuotas para entregarlas a los sindicatos, sino que como ocurre en cualquier asociación privada, en cualquier organización, pues esto sea con libertad de una manera directa en la relación entre la directiva de los sindicatos, la administración, la tesorería de los mismos, con sus trabajadores.

Eso es todo lo que se está planteando, pero no se está diciendo que no se paguen cuotas, no podríamos nosotros meternos en ese territorio.

Luego se dice que se está limitando el derecho de huelga o se está conculcando, o se está acabando, o se está retrocediendo. Falso.

Como cualquier derecho que se tenga, fuera del derecho de libertad, cualquier derecho, para su ejercicio y legal legítimo, requiere el cumplimiento de ciertos aspectos, requisitos, trámites o normas previstas en nuestras leyes.

Entonces, particularmente para el caso de huelga, se están diciendo tres cosas:

Primero, que para emplazar y estallar una huelga y que se declare existente, desde el punto de vista jurídico, se tenga que cumplir con lo que dicen los propios estatutos de los sindicatos, no lo que diga la autoridad, lo que digan sus estatutos.

¿A qué me refiero? Evitar que los líderes por sí solos, sin haber hecho, en su caso, las asambleas o consultas que prevén sus propios estatutos, si no prevén nada, pues bueno, no hay ningún problema, basta con la representación legal para poder emplazar y estallar una huelga.

Pero si dice, por ejemplo, que para estallar un movimiento de huelga se tiene que celebrar una asamblea seccional en la unidad de que se trate, para tomar el parecer y la mayoría de votos de los trabajadores, pues que se haga previamente a ese emplazamiento o a ese estallamiento.

Entonces, esto, como ustedes se pueden dar cuenta, es en beneficio de los trabajadores.

Segundo, que cuando un sindicato busque la titularidad de un contrato colectivo de trabajo de una determinada empresa, acredite que tiene cuando menos un tercio de apoyo, un tercio cuando menos de los trabajadores de esa empresa.

Lo que nos está pasando es que estas demandas de titularidad de contrato colectivo se están convirtiendo en un auténtico chantaje permanente de algunos sindicatos que saben que no tienen cómo ganar una titularidad, pero que basta con estar interponiendo una y otra vez demandas, están hostigando tanto al sindicato que tiene la titularidad del contrato colectivo vigente, como a los empleadores, y como esto no cuesta, como no hay ningún tipo de limitación en la ley, pues entonces ya se ha convertido en un deporte nacional.

Entonces, lo que se dice es: si vas por una titularidad de un contrato colectivo, demuestra que cuando menos tú, sindicato, tienes el apoyo de al menos un tercio de los trabajadores de esa empresa y entonces sí, vamos al recuento del que hablábamos con voto libre, directo y secreto.

Sólo uno de cada 10, oigan bien, uno de cada 10 de los juicios que se entablan con motivo de la titularidad de contratos colectivos, uno de cada 10 termina en recuento, lo que significa que 9 en realidad no tenían ninguna posibilidad de entrada y sin embargo se prestaba para este tipo de prácticas.

Otra, se está diciendo que cuando se demande, se emplace a huelga por violaciones de contrato colectivo se precise cuáles son esas violaciones.

Esto nos parece que es lo mínimo que debe darse para efectos de que se tenga, por la otra parte, la posibilidad de defensa, por un lado, y dos, de corregir esas posibles violaciones para evitar la huelga.

No basta que diga solamente que hay violaciones, cuáles son, no las preciso pero voy a estallar la huelga. Precísalas, para que la otra parte tenga la forma de defenderse y de corregir esas violaciones. Por cierto, cuando se dice que el arbitraje obligatorio también va en contra del derecho de huelga, no.

Miren, hay pocas huelgas en México, pocas huelgas de jurisdicción federal, pero, desafortunadamente, hemos visto que algunas se extienden más de la cuenta con fines que van mucho más allá del volver a darle el equilibrio a los factores de la producción, el capital y el trabajo, para eso es una huelga.

Una huelga es una suspensión temporal de labores, no puede ser permanente y lo que dice hoy la ley es que la única parte que puede invocar un juicio de imputabilidad para ver quien tiene la razón, un arbitraje, es la parte trabajadora, no lo puede hacer la otra parte.

Entonces, lo que se dice es que pasados 60 días, si no se ha solicitado por el sindicato ese arbitraje, que lo pueda hacer la parte patronal o un tercero interesado, ¿para qué? Para que entonces la Junta de Conciliación y Arbitraje determine quién tiene la razón en ese conflicto.

Si tiene la razón el sindicato, como muchas veces ocurre, pues entonces se condena a la empresa a corregir las violaciones y a pagar el 100 por ciento de los salarios caídos.

Pero si no tiene la razón, que puede haber un laudo de la Junta para decir cómo se corrigen los problemas que derivaron en esa huelga y que todo mundo regrese a trabajar.

Eso es lo que se está planteando.

En suma, como ustedes lo pueden ver, y estaré entregando este documento a que me refería al principio, estamos convencidos de que ésta es una reforma laboral que traerá beneficios para los trabajadores, pero para quienes pretenden ser trabajadores, quienes buscan un empleo, particularmente para los jóvenes, que tienen una tasa de desocupación casi del doble de la población económicamente activa; para los adultos de más de 40 años, ya no digamos adultos mayores, que todos los días me dicen: ya no me quieren dar trabajo, porque no tengo las especialidades o la experiencia en ciertos aspectos de la nueva era, de la nueva era de la información y el conocimiento, pero estoy dispuesto a aprender, para ellos son los contratos con capacitación inicial.

Para las mujeres que tienen que armonizar su responsabilidad familiar, particularmente madres solteras que tienen que armonizar responsabilidad familiar con el trabajo, que puedan trabajar por hora, por día, por medio turno, que puedan trabajar desde el hogar y que esto se compute como un trabajo efectivamente realizado en el centro de trabajo, que se le reconozca la antigüedad y se le dé seguridad social.

Que las madres puedan, como lo hemos dicho, disponer de las seis semanas que tienen antes y seis semanas después del parto para el descanso, que ellas las distribuyan como mejor les parezca y no necesariamente seis antes y seis después.

Porque esto es aberrante, que viene desde 1917, es decir, que tiene media hora en cada uno de los dos turnos una madre para darle de comer a su bebé, pues nadie lleva su bebé al trabajo, esa media hora es nugatoria, esto es un derecho que no se está ejerciendo.

Lo que decimos es que mejor se acumulen las dos medias horas y entonces que salga una hora antes, se reduce la jornada de la mujer una hora para que se pueda ir antes a su casa a alimentar a su bebé.

O el trabajo doméstico, estamos ya diciendo con todas sus letras: tienen que tener nueve horas continuas de descanso en las noches, las trabajadoras domésticas, tres horas de descanso a lo largo de la jornada, tienen que tener un día y medio de descanso por semana, habitaciones cómodas, alimentación suficiente y sana.

Estamos regulando todo el capítulo de jornaleros agrícolas para darles también seguridad social y darles respeto, igualando los derechos de las mujeres y de los varones, imponiéndole cargas nuevas a los patrones, por ejemplo, para que todas las instalaciones estén adecuadas para personas con discapacidad para que puedan desarrollar sus actividades en términos de su condición.
De tal manera que yo, insisto, estoy convencido, como dice el señor Presidente de la República, con esta reforma laboral ganaríamos todos, ganaría México en competitividad, no es cosa menor.

Si avanzamos 25 lugares en el índice de eficiencia del mercado laboral, eso significa más seguridad para las inversiones tanto nacionales como extranjeras y por eso la creación de más fuentes de trabajo.

Si logramos mayor productividad en las relaciones laborales, que las comisiones mixtas que ahorita son de capacitación, también sean de productividad, que tengan fórmulas para que a mayor trabajo y mayor productividad, mejor ingreso para los trabajadores, mejor salario para ellos.

Desaparecer el escalafón ciego, no puede ser que el criterio para ascender en un centro de trabajo sea la antigüedad. Tiene que ser la productividad.

Entonces ganaríamos todos con esto y ganaría México también en cuanto a llevar a más personas a la economía formal y no como hoy están los incentivos puestos y dados para que la verdad es que estén contratados por fuera, en la informalidad, sin ningún tipo de seguridad y prestaciones sociales.

Estoy a sus órdenes para las preguntas que ustedes tengan sobre la reforma en lo particular.

Moderador: Iniciamos con Carlos Lara de El Sol de México.

Pregunta: Señor secretario, buenas tardes. Yo nada más quisiera preguntarle dos cosas, la primera, ¿usted cree que haya consenso en la Cámara de Diputados para poder aprobar la reforma que presentó el PAN? Porque ya ha habido un rechazo por parte del PRI en específico el sector obrero, también preguntarle ¿cómo va a ser este pago por hora en dado caso de que se apruebe, cómo van a dividir el salario mínimo, cómo va a ser?

Quisiera que me precisara este dato, porque no queda claro, se va adoptar esta medida como la de Estados Unidos, es una cuestión que no me queda clara.

JAVIER LOZANO ALARCÓN: Mira, consenso no.

A ver, vamos a entender por consenso unanimidad, muy difícil, en un tema como este, pues ya salieron las primeras criticas, algunas de ellas, insisto, estamos hablando de personajes que se caracterizan por hacer lectura dinámica y entonces 419 cambios los leyeron de una manera rapidísima y no solamente lo leyeron sino que lo asimilaron, o bien, más bien, no están informados, se fueron con oídas y repiten lo que están oyendo de otras personas.

No veo condiciones para unanimidad, pero sí para mayorías. ¿Y por qué lo veo? Porque de todas esas iniciativas que están planteándose, de una u otra manera fueron recogidas de 333 propuestas anteriores, de diversos partidos políticos.

Créanme que cuando lo relean con cuidado los legisladores seguramente se verán identificados con mucho de ese contenido porque en algún momento en estos últimos 12 años lo que ahí está planteado fue presentado por esos partidos políticos.

Entonces, yo sí veo que habrá reforma laboral y que habrá las mayorías necesarias y lo que establece la Constitución para una ley de esta naturaleza: como no es reforma constitucional es una mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los votos presentes en ambas cámaras y primero se tiene que dictaminar en la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados.

Entonces, el primer llamado, muy respetuoso, es que en la Comisión del Trabajo, que preside el diputado Tereso Medina, del Partido Revolucionario Institucional -por cierto líder cetemista-, que convoque ya a reuniones para analizar, discutir y dictaminar esta iniciativa y que cada uno de estos 419 cambios que se están planteando, pues que se revisen con cuidado y entonces se proceda en consecuencia.

Se puede enriquecer, se puede modificar, se pueden añadir nuevas iniciativas, en fin, pero que se haga, que se haga, que se dictamine y que México tenga una reforma laboral.

Insisto, las críticas son, o por desinformación, o por mala fe, o porque de plano, sí, en algunos casos, no es que se estén afectando derechos de los trabajadores. Sí se está acabando y la verdad, es que sí queremos. Miren, viene desde la Ley de 1931, luego de 70. Ya son muchos años también de privilegios indebidos para las dirigencias, no para los trabajadores.

Entonces, sí nos parece, se fortalece a los trabajadores, se da mucho más libertad, más derechos, más transparencia, más democracia interna, y, bueno, desafortunadamente eso para algunos puede parecerles una afectación. Para otros sindicatos modernos la verdad es que no me parece que sea ninguna novedad porque ya lo practican.

El pago por hora. Mira, en primer lugar hay que decir que sólo el 3 por ciento de quienes cotizan al Seguro Social, están cotizando con un salario mínimo, y me temo que en algunos casos ni siquiera es lo que reciben realmente como salario, sino que los patrones, abusivamente, están subcotizando, para efectos de que cuando tengan que pagar algún tipo de indemnización, cargas, incapacidades, en fin, lo hagan con base en ese salario de cotización. Pero vamos a suponer que todo esto fuera verdad, es el 3 por ciento de quienes cotizan al Seguro Social.

Entonces, el pago por hora significa que si le pagan a una persona, el promedio son 7 mil 200 pesos al mes, 220 pesos, aproximadamente, diarios. Entonces, sí eso paga por una jornada de 8 horas, y va para trabajar 4, entonces se pagarían 110 pesos, porque trabajó media jornada. Pero vamos a suponer que trabaje una sola hora, la obligación que prevé la ley, la Ley del Seguro Social, es que aún si va a trabajar una sola hora se le paga la parte proporcional de la jornada, pero sí tiene que cotizarse al Seguro Social con el salario mínimo completo, ese no se puede fraccionar, el salario mínimo. ¿Si me explico?

Entonces, para efectos de seguridad social, a pesar de que trabaje una sola hora y que eso signifique que por esa hora que trabajó está por debajo de 55 pesos, bueno independientemente de ello, sí se tiene que cotizar al Seguro Social con cuando menos un salario mínimo por día.

Entonces, ¿cómo se divide por hora? Pues simplemente si en lugar de trabajar 8 horas que es la jornada ordinaria, para los mayores de 18 años, bueno, pues sí va a trabajar 4 o 5 horas, simplemente se hace la división. Pero insisto, siempre cuando menos con el salario mínimo cotizando como tal al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Moderador: Gracias, señor. Continuamos con Iván Moreno, de Grupo Acir.

Pregunta: Sí, gracias. Aquí estoy.

Javier Lozano Alarcón: ¿Dónde estás, Iván?

Pregunta: Señor Secretario. Hemos escuchado muchas aclaraciones respecto a lo que se ha dicho de la reforma laboral, pero me gustaría entender, estamos hablando ahorita de todo lo que compete a trabajadores sindicalizados. Sin embargo, gran mayoría de los trabajadores en México trabajan en Mipymes, son las que otorgan la mayor cantidad de salarios y de trabajos en este país. ¿Qué beneficios hay realmente para ellos? Si puede ser un poco más explícito en cuanto a beneficios-salario, beneficio- seguridad social, porque también tocó algo muy importante que es la justicia laboral. En este aspecto, dice, son 3 años los que se lleva un juicio en muchas Mipymes, en muchas empresas, no se dan, precisamente, todas las prestaciones, en algunas se omiten y en muchas ocasiones llegan a juicio estas personas. Entonces, en este aspecto de justicia laboral no es hora de que las Juntas de Conciliación y Arbitraje dejen de ser tribunales de conciencia para ser tribunales jurisdiccionales y esto pase de una vez a pertenecer al Poder Judicial de la Federación. En ese aspecto, primero.

Y segundo, cuando se habla de indemnizaciones de pago de seis meses, dice que se alargan artificialmente los…

Javier Lozano Alarcón: No, pero eso no, no. Las indemnizaciones…

Pregunta: Yo lo digo precisamente por lo que menciona, de estos juicios que se alargan artificialmente. ¿Hay alguna sanción para las empresas que lo alarguen indebidamente precisamente para tratar de cansar al trabajador?

Y también si nos puede decir en este aspecto, ¿si las negociaciones por despido serán indemnizaciones al 100 por ciento, porque también muchas empresas parten de la base de no entregar una indemnización, de no pagarla al 100 por ciento?

Javier Lozano Alarcón: Bien, Iván. Mira. Como les digo, vas a ver en este documento todo lo que se está agregando, adicionando para los trabajadores, independientemente si están en un sindicato, en otro, o si se cambian, o si no tienen sindicato.

Todos los beneficios de los que estamos hablando, cuando se, mira, desde que se define el trabajo decente como tal en la ley, no va a ser de las primeras leyes a nivel mundial que define el trabajo decente, que es un término de la Organización Internacional del Trabajo.

Todos los temas de subcontratación o de outsorcing, benefician a los trabajadores independientemente de que tengan o no sindicato.

Otra cosa que no les mencioné. Estamos regulando, por fin, la contratación de mexicanos para trabajar en el extranjero bajo tres modalidades. Uno, como es el caso de los trabajadores temporales agrícolas en Canadá. Cuando nos ponemos de acuerdo dos gobiernos.

Dos, cuando se contrata en México con leyes mexicanas, pero se prestan servicios en el exterior. Por ejemplo cuando perteneces a una constructora pero vas, se ganó una licitación en otro país y vas a trabajar en otro país.

Y tres, sobre todo, el tema de las agencias de colocación, que hoy no se tiene realmente derechos plenos para los trabajadores que así son enganchados, por así llamarle, y que aquí lo estamos regulando.

Como te decía, estas modalidades de contratos a prueba, capacitación inicial, -préstame la encuesta, por favor-, capacitación inicial o de temporada beneficia a todos los trabajadores con independencia de que se trate o no de sindicatos, que estén sindicalizados. Ahorita les voy, un poquito más adelante voy a referirme a una encuesta que se levantó sobre estos temas de la reforma laboral.

El salario por unidad de tiempo. Insisto, ya hoy la ley dice que se puede contratar por unidad de tiempo o por hora determinada. Es decir, por hora ya se puede contratar hoy conforme a la legislación vigente. ¿Cuál es el problema? Que no hay precisión de que eso pueda hacer con la adecuada seguridad social, prestaciones, igualdad de derechos para los trabajadores. Lo único que se está haciendo es precisarse lo que ya dice la ley, que se puede contratar por unidad de tiempo.

En lo de hostigamiento y acoso sexual no tiene nada que ver con personal sindicalizado. La multihabilidad obligatoria que es, realizas otras actividades y tienes un mejor salario, también independientemente de que haya o no sindicatos.

Días de descanso. Por ejemplo, se está planteando que así como hay fines de semana largos en la ley, que haya aún para los días que no tienen esa modalidad en la Ley Federal del Trabajo, que se puedan poner de acuerdo los patrones y los trabajadores para que por ejemplo, el 16 de septiembre o el 25 de diciembre se puedan cambiar los días para que se hagan fines de semana largo, eso si se ponen de acuerdo.

Se está planteando también, por ejemplo, que los salarios se paguen ya por medios electrónicos. Es increíble que siga existiendo la ley y la Constitución que los pagos se hagan en moneda nacional, en efectivo, cuando en realidad ya los mecanismos, sobre todo para la seguridad y la integridad de ese sindicato, perdón, de los salarios se puede dar por medios electrónicos sin cobrarle comisiones por cierto, a los trabajadores.

Las (…) para el campo, para los trabajadores del campo, los jornaleros agrícolas, pues nada tienen que ver. Estamos por ejemplo, agregando ya facultades a la autoridad para que puedan clausurarse centros de trabajo de manera temporal, ante un riesgo inminente. ¿Verdad?

Todo eso lo van a ver ustedes. Miren lo del FONACOT, ahorita que estamos en FONACOT. Saben ustedes que para que un trabajador tenga derecho al crédito FONACOT, el patrón tiene que estar afiliado al sistema si no, no tiene acceso al crédito FONACOT.

Lo que estamos diciendo ahora, es que es una obligación de todos los patrones estar afiliado al sistema FONACOT, para que entonces cualquier trabajador, sindicalizado o no, cualquier trabajador, tenga acceso al crédito FONACOT. Cosa que hoy no tiene.

En fin, van a ver ustedes una serie de derechos que se están agregando, son muchísimos. Por ejemplo en contingencias sanitarias como la de la influenza, ya se está agregando cuándo dejan de trabajar las mujeres en periodo de lactancia, embarazadas, los menores de 16 años o de 18 años también, y que en caso de una suspensión total de labores, temporal, se pague una indemnización a los trabajadores de cuando menos un mes de salario mínimo. Cosa que hoy no prevé nuestra legislación.

En fin, lo del certificado de ingravidez que se está prohibiendo ya que se exija eso para las mujeres.

Estamos tipificando como delito la contratación de menores de 14 años.

En fin, y en cuanto a justicia laboral hay…

Pregunta: …esto de menores. Un punto importante, menores de 14 años, pero mayores de 15 y 16 tendrían ya acceso a lo que son prestaciones como IMSS, FONACOT, INFONAVIT ¿desde esa edad?

Javier Lozano Alarcón: Sí, claro. Por supuesto, desde esa edad. Acuérdate que nada más tienen un problema, bueno, no tienen un problema, pero tienen limitaciones en cuanto a la jornada y al tipo de centros de trabajo en los que prestan sus servicios.

Por cierto, ya se está limitando también que los menores de 16 años, de 18 y 16 años no puedan trabajar en antros, en bares, en lugares insalubres o peligrosos o que puedan atentar contra su moral. Entonces, todo eso está perfectamente previsto.

Mira, lo de la Junta. Se establece, para darle una gran agilidad a las Juntas, que, por ejemplo, ya se utilicen como en otros procedimientos, las herramientas tecnológicas, los mecanismos, los instrumentos, las tecnologías de la información y las comunicaciones para el desahogo, presentación de pruebas. Eso ya se prevé en esta reforma laboral. Se prevé que tengan que ser abogados también, los representantes patronales y de trabajadores que estén también en la Junta como órgano tripartita. Los litigantes, también que tengan esa especialidad. En fin.

Ahí lo vas a ver en la reforma. Yo te invito a que las puedas revisar. Me decías, ¿por qué no pasa esto al Poder Judicial de la Federación? Mira, las Juntas de Conciliación y Arbitraje están previstas en el 123 constitucional, para que pueda haber un cambio de esa naturaleza, que algunos lo han planteado, se tiene que modificar la Constitución, uno.

Dos, se tiene que cambiar también la lógica de la impartición de justicia laboral. Hoy las Juntas de Conciliación y Arbitraje son tripartitas, es decir, están representados los trabajadores, los patrones y el Gobierno. Así es la justicia laboral. Si se quiere cambiar el esquema, se tiene que modificar la Constitución y se tiene que también tener la partida presupuestal correspondiente para pasar todo esto al Poder Judicial. ¿Se quiere tener esta discusión? Que se tenga, yo me pronuncio por el tripartismo, yo me pronuncio porque IMSS, INFONAVIT, INFONACOT, las Afores, todo, la CONSAR, perdón, la Comisión de los Salarios Mínimos, todo siga siendo tripartita.

Pero bueno, esa es otra discusión y la indemnización sí tiene que ser al 100 por ciento, tiene que ser al 100 por ciento y para eso es que tenemos que abrirle espacios a la justicia laboral para que se puedan agilizar y tramitar estos juicios de una manera muchísimo más ágil y no que pase, como lo estamos viendo, 38 meses para substanciar estos juicios.

Pero, insisto, Iván, vas a ver este documento y están aquí los Artículos. Y yo les ruego, no tengo tema más importante en estos momentos que esta reforma laboral, así que cualquier duda que tengan, independientemente de que tengamos conferencias de prensa, y que también lo digo, si es necesario que nos veamos una vez por semana para aclarar dudas, lo vamos a hacer y tener conferencias de prensa, lo que no voy a permitir es que se hagan campañas de desinformación con tal de tratar de convencer a la gente de que esta es una reforma o regresiva o que no está en favor de los trabajadores. Entonces, sí es necesario que nos veamos una vez a la semana, con mucho gusto estaré con ustedes para aclararles las dudas.

Moderador: Gracias, señor. Continuamos con Ana Luisa Guerrero, de Impacto El Diario.

Pregunta: Buenas tardes, Secretario. Usted hablaba que buscan crear mayorías en el Congreso para que se apruebe la reforma, pero en su discurso o previo, también decía que se tendría que negociar. Estamos viendo una actitud del PRI en el entorno político y de cara a las elecciones, de que no tiene ánimo de negociar. ¿Qué estaría ofreciendo su partido para que esta reforma avance y prospere? Por un lado.

Y por el otro, en caso de las trabajadoras domésticas, cómo garantizar que los patrones cumplan con estas disposiciones que se están planteando. ¿Se va a obligar que haya un contrato de trabajo de por medio y cuáles van a ser las acciones para sancionar a quienes no las cumplan? Gracias.

Javier Lozano Alarcón: Mira. Aclaro lo que me preguntaban hace rato, qué pasa si no concurren a los juicios los patrones, etcétera. Se está agregando dos cosas, primero, se está precisando, porque hay algunas disposiciones que ya están en la ley, pero establecen medidas de apremio por dejar de concurrir. Por ejemplo, la PROFEDET, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo puede imponer sanciones para los patrones que no concurran a las juntas, a las reuniones de conciliación a las que se convoca a los patrones. O también, si se establecen medidas de apremio por dejar de concurrir a la audiencia para alargar precisamente de manera artificial los juicios.

O sea, sí se están imponiendo sanciones a quienes artificialmente pretendan alargar los juicios y también por testigos o testimonios falsos, también se están ya introduciendo nuevas sanciones para quienes así actúen en los juicios.

Segundo, en cuanto a esta pregunta sobre qué está dispuesto a hacer mi partido, y nosotros mismos como Secretaría. Pues es esta voluntad de actuar con una gran responsabilidad. Explicar uno por uno de los cambios que se están planteando, de estos 419 cambios a la Ley Federal del Trabajo. Explicar los por qués. Todo tiene una razón de ser, y para cada uno de esos puntos tenemos dos cosas, el diagnóstico, los datos duros, los comparativos internacionales cuando así procede, y la propuesta que se plantea.

Incluso, para cada uno de ellos, también, tenemos identificado de qué partido político, en qué momento, qué legislador, qué diputado, qué senador fue quien presentó tal o cual iniciativa, de tal manera que eso nos va a permitir precisar mucho mejor el alcance de la iniciativa.

Sabemos que están las elecciones de por medio. Sabemos que ya está terminando, en el mes de abril termina este periodo ordinario de sesiones. Se ve muy difícil que en este periodo, aunque hubiera sido nuestro deseo que se dictaminara y se votara, no se ven condiciones para ello, seamos realistas, pero ello no quiere decir que en el 2010 no se pueda terminar de dictaminar y votar esto.



Entonces, de mi parte, y me atrevo a hablar a nombre de mi partido. De parte del PAN, habrá toda la disposición para discutir con mucha seriedad y con mucha responsabilidad, despolitizando el tema, para ver las bondades y las ventajas que tiene esta iniciativa que, insisto, susceptible de ser enriquecida, modificada y adicionada.

De parte de la Secretaría, todo. La disposición de estar en todo tipo de foros, en todo tipo de pláticas. De acudir al Congreso las veces que se me requiera, en el formato que ellos pidan, siempre y cuando, desde luego, se haga en condiciones de orden, de civilidad y de respeto, lo digo por obvias razones.

Pero toda la disposición para avanzar en este tema. Lo que a mí me preocupa es que se pretenda etiquetar esto como de un solo partido político o del Gobierno en turno. Esta es una discusión añeja y es una discusión que se ha enriquecido con la opinión y las iniciativas de muchas personas y de muchos partidos políticos. De tal manera que, ojalá, podamos avanzar en este sentido y yo estoy seguro que la sociedad, va a saber premiar a todos los partidos políticos que intervengan con responsabilidad en esta discusión y en la eventual aprobación de la reforma.

En cuanto al trabajo doméstico, mira, los mecanismos que se tienen son: acudir a la PROFEDET, en caso de maltrato, abusos patronales, en fin, y que las 24 horas del día, 365 días del año, estamos a sus órdenes para orientarlos, atenderlos y para presentar las demandas. Primero, tratar de conciliar con los patrones, pero si no es posible, acudir a las Juntas, esta es una jurisdicción local, a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje para presentar las demandas con los elementos de prueba que pueda tener el personal doméstico.

Lo importante es que se va avanzando en la regulación. Antes, la verdad es que es tan vago como está en la legislación vigente que pues aún, acudir a las Juntas Locales era, sería un ejercicio prácticamente inútil. Hoy se tiene mucho más precisión de cómo se tiene que cumplir con estos derechos que tienen mínimamente por dignidad, el personal de trabajo doméstico.


Moderador: Gracias, señor. Continuamos con Paty Muñóz, de La Jornada.

Pregunta: Si, señor Secretario. Dos preguntas. La primera, ¿sí la reforma tiene tantas bondades, el hecho de que la mayor parte de las organizaciones sindicales, o bueno no la mayor parte, gran parte, perdón, de organizaciones sindicales y organismos conocedores del sector laboral estén manifestándose en contra de ella, esto significa, según lo que entiendo, dos cosas, o que la leyeron mal o que tienen intereses obscuros por lo que no la están apoyando?

Y la segunda pregunta sería, ¿por qué no presentó usted directamente la iniciativa como muchos otros Secretarios antes lo hicieron? Gracias.

Javier Lozano Alarcón: Mira, están sencillas las respuestas. ¿Por qué las críticas? Yo creo que la mayor parte es una combinación de no haberla leído y los prejuicios que se vienen arrastrando desde hace mucho tiempo. Se parte de la base esto es patronal, esto tiene claros retrocesos y no pasará, y hasta le ponen etiquetas: “la reforma Lozano”.

Entonces, hay prejuicios, pero sí a esos prejuicios se adiciona el no haberla leído y el no haberla comprendido, porque no nada más es leerla, es entenderla, entonces, las reacciones pueden ser precipitadas y suelen ser imprecisas. Podrán ver, y lo vamos a seguir haciendo todos los días, cartas aclaratorias en los medios de comunicación, ya sea de dichos de terceras personas, o de organizaciones, de representantes de organizaciones, de la sociedad civil, desde la academia, en fin, o de articulistas, editorialistas, en fin, vamos a contestarle a todo mundo con el ánimo de que la opinión pública tenga la información necesaria.

Entonces, en unos casos se da por esa desinformación y por prejuicios y en otros casos por intereses, claramente por intereses. Lo que más les ha dolido a algunas organizaciones, lo que veo que más les duele es que los patrones ya no tengan la obligación de retener las cuotas. Uno lo comparó, incluso, a un líder sindical, de los que se dicen de organizaciones independientes, dice que esto es tanto como decir, bueno, si ya no están obligados los patrones a retener las cuotas, que tampoco nos obliguen a pagar impuestos a los mexicanos. O sea, es tan ridículo como esa comparación.

Entonces, ¿qué es lo que afecta? Afecta a ciertos intereses y por eso dicen, mira, ante la preocupación de que se pueda realmente acabar con esto o con la obligación que se tiene que dar, de rendir cuentas como se está planteando del manejo de los recursos, o que se acabe la cláusula de exclusión por separación, el voto libre, directo, secreto. Ante ese temor, mejor desechamos toda la iniciativa y que no haya reforma laboral, nos quedamos como estamos.

El status quo, lo único que va a hacer, es perpetuar estas condiciones de precariedad en las que estamos y que más gente esté en economía informal que en la formal, y que el salario promedio siga siendo de 7 mil 200 pesos al mes, y que a las mujeres no les paguen igual que a los hombres, y que no tengan la participación en el mercado laboral como debieran, por su mayoría que son, y que los jóvenes no tengan trabajo, y que los adultos no puedan capacitarlos para que tengan también un empleo; y que la justicia laboral no avance, y que no haya más transparencia.

Son las únicas organizaciones donde no hemos avanzado en los términos de democracia interna y transparencia, ya todos los mexicanos dirimimos nuestras controversias y votamos y elegimos a nuestros gobernantes mediante el voto libre, directo y secreto y con organismos independientes que se encargan de ello.

Por eso es que yo estoy advirtiendo estas críticas y por eso es mi obligación de salir a aclarar las imprecisiones e invitarlos.

Por eso, miren, la verdad es que éste es un ejercicio, tienen aquí material para poder hacer ustedes unos reportajes buenísimos y poder constatar con sus propios ojos lo que les estoy diciendo. No me crean a mí, crean en el texto.

Ahora, segundo, ¿por qué no la presente, Patricia? Por una razón muy sencilla, porque yo no tengo facultades constitucionales para presentar iniciativas. ¿Quiénes lo pueden hacer? Precisamente, los diputados, los senadores, el Ejecutivo Federal, o los Congresos Locales; pero no pueden los Secretarios de Estado.

Lo que sí hice, y creo que es algo muy bueno, es que después de estos tres años que preparamos todo este material, lo recogió muy bien mi partido y lo incorporó en la iniciativa, entonces tiene el efecto deseado. Nuestro trabajo está recogido y comprendido como parte de la iniciativa, no digo que toda la iniciativa sea nuestro trabajo, pero sí todo nuestro trabajo fue considerado para efectos de esa iniciativa.

Ésa es la razón por la que no lo presenté, como tal, pero estoy dispuesto a acudir al Congreso a explicar el contenido de esta iniciativa.

Moderador: Paty Carrasco de la Prensa.

Pregunta: Buenas tardes, señor. A mí me interesa que me explique la cuestión de la retroactividad. Es, por ejemplo, si entras a trabajar, no sé a una empresa de limpieza por tres meses y luego, después a otra otros seis o tres meses, ¿eso te va a ir dando puntos? Por decir así. Ésa sería la primera pregunta.

La segunda es, usted menciona con mucha frecuencia que a través de esta Reforma laboral se va a generar empleos, que van a tener acceso los jóvenes, las mujeres, las madres solteras, las personas mayores de 40 años.

Pero desde mi punto de vista, y de acuerdo a lo que dicen los economistas, si no hay crecimiento económico aunque sea la mejor reforma laboral, creo que no se van a tener los empleos necesarios.

Y la tercera, respecto al Congreso del Trabajo, señor, por una parte hace declaraciones en contra y parece que por otras a usted le dice que está de acuerdo. Me gustaría conocer la postura de los sindicatos del Congreso del Trabajo, lo que usted conoce.

Javier Lozano Alarcón: Mira Paty, la retroactividad se da en un solo centro de trabajo, ¿sí?

A lo que me refiero es: entras en un contrato a prueba, y es un mes de prueba, o puede ser hasta 180 días si es cargo directivo o gerencial. Pero si son trabajadores de base, como máximo un mes.

Termina el periodo de prueba, se le pagó su salario, se le dio de alta en el Seguro Social, etcétera. Si no se queda en ese centro de trabajo no hay más relación laboral, pero si se queda, entonces se hace retroactivo para efectos de antigüedad a partir del primer día en que comenzó la prueba. Lo mismo el periodo de capacitación inicial.

Lo que vas haciendo es ir cotizando, en esas empresas, para efecto de tener acceso a la seguridad social, ¿sí? Y llegado el tiempo en que te puedas retirar, pues te retiras por antigüedad en el trabajo o por edad; eso la edad no cambia, entonces, en ese sentido te puedes retirar y estás cotizando al Seguro Social y tienes tu cuenta individual de ahorro para el retiro, pues dispones de ella y estás cotizando para el Infonavit, tienes tu subcuenta también de vivienda, sigues cotizando para ella.

Finalmente, sí se va acumulando tu antigüedad y se van acumulando tus derechos de seguridad social. Y llegado el momento de tu retiro, de disponer de tu cuenta individual de ahorro o de acceder al crédito del Infonavit, pues lo haces.

Ahora, pero para efecto de la antigüedad en un centro de trabajo, para qué se da, en caso de un despido injustificado, entonces, esa antigüedad te sirve para saber cuántos, hay veces que se pagan tres meses más 20 días por año. Entonces, para efecto de ir acumulando los años de antigüedad y que pueda haber esta indemnización más completa.

Segundo, pues tienes toda la razón Paty, la reforma es un mecanismo facilitador para que haya más empleos, pero no es el único mecanismo. Se necesita que la economía, la marcha de la economía, han visto que la Secretaría de Hacienda, afortunadamente, ha elevado ya la expectativa de crecimiento a 4.1 de la economía mexicana para este año.

Estamos cerca de tener un cuarto de millón de nuevos empleos en el primer trimestre del año. Es un crecimiento que realmente sorprende después de cómo nos fue el año pasado, pero entonces sí, claramente, Patricia, es la reforma un agente facilitador, un vehículo facilitador para empleo en la economía formal, con seguridad social y prestaciones sociales.

Pero, pero, también se requiere, desde luego, que la economía marche, genere inversiones, confianza, y en una palabra, mayor competitividad.

Y tercero, mira, del Congreso, yo no quiero hablar a nombre de ellos, lo que sí te puedo decir es que tengo una comunicación constante con las organizaciones que integran el Congreso del Trabajo y que además nos parece muy importante, no solamente su parecer porque ellos aglutinan a la mayor parte de los trabajadores sindicalizados.

Sino porque si ustedes se fijan en la integración de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara, la preside, pues un cetemista y está la CROC, con Isaías González y está Víctor Flores del Sindicato Ferrocarrilero y está en esa misma Comisión. Todos ellos conforman el Congreso del Trabajo. Está Armando Neyra que también es cetemista. Amador Monroy está también, que es del Congreso del Trabajo.

Nos importa mucho su opinión como tal, como líderes, pero también en tanto son representantes populares y tienen en sus manos, ellos tienen en sus manos esta potestad, pero yo diría también, esta obligación de discutir, de revisar, de dictaminar y de votar; aún si van a votar en contra, no nada más en unas expresiones públicas, que voten y que entonces lo desechen, pero que se asuma la responsabilidad personal e histórica de decirle no a la Reforma laboral.

Moderador: Gracias señor. Vamos con la última pregunta de Eunice Ortega, del periódico La Razón.

Pregunta: Buenos días, Secretario ¿cómo está?

Dos preguntas también. Usted hablaba ahorita de que está consciente de que no va a haber unanimidad, pero están en busca de las mayorías.

¿Ya ha tenido acercamientos, ya sea con los coordinadores parlamentarios del PRI y del PRD en la Cámara de Diputados, que desde que se presentó la reforma la dieron por sepultada y muerta, comentaban ellos? O ¿ha tenido acercamientos con los presidentes de los partidos, precisamente, para buscar estas mayorías? Porque, efectivamente, todos los comentarios han sido en contra.

Y la siguiente pregunta es: Usted hablaba hace ratito del apartado A. El apartado B que, si usted me puede explicar, qué tiene que ver con los trabajos burocráticos o del estado, ¿quedan fuera de esta Reforma?

Javier Lozano Alarcón: Mira, acercamientos los he tenido muy intensos, muchos, con todo tipo de actores. Por cuestión de secrecía, lamento que recientemente se haya filtrado todo un documento de con quiénes me he visto, pero no debo revelar, la verdad es que cuándo, cómo, en qué términos, qué dije, qué me dijeron.

Pero puede estar segura que mi labor de cabildeo la he estado haciendo y la seguiré haciendo con todo tipo de actores, con los legisladores, con los representantes populares, con los líderes de los partidos políticos, con los integrantes de la Comisión del Trabajo, con los representantes de organizaciones obreras, del sector privado también, de la academia. Por supuesto, con los medios de comunicación, con la sociedad. De lo que se trata es que la sociedad se pronuncie.

El apartado B, mira, les decía, la Constitución en su Artículo 123, tiene dos apartados, apartado A, apartado B. Las relaciones generales de trabajo, individuales y colectivas, en su gran mayoría, en su enorme mayoría se rigen por la Ley Federal del Trabajo, que es reglamentaria del apartado A.

La Ley reglamentaria del apartado B de los trabajadores al servicio del Estado, de la llamada ley burocrática, así se le conoce coloquialmente, es precisamente para las relaciones que se dan de trabajo entre los empleados del sector central del Estado con las autoridades.

¿Por qué hago esta distinción? Porque ya desde hace muchos años, por jurisprudencia de la corte a los organismos descentralizados se les colocó en el apartado A, es decir, que les rige la Ley Federal del Trabajo, por eso empresas u organismos como PEMEX, CFE la extinta Luz y Fuerza, como son organismos descentralizados con personalidad jurídica y patrimonio propio, se rigen por la Ley Federal del Trabajo, apartado A.

Pero, por ejemplo, los trabajadores al servicio del Estado en las Secretarías de Estado, los empleados de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Trabajo, la Secretaría de Agricultura, como tal, de las secretarías y de sus órganos desconcentrados, ojo con la diferencia, unos son organismos descentralizados que tienen personalidad jurídica propia, y otros son órganos desconcentrados.

Por ejemplo, la Comisión Federal de Telecomunicaciones es un órgano desconcentrado y sus relaciones se rigen por el apartado B. Pero los organismos descentralizados, las empresas del sector público como PEMEX, CFE, etcétera, son apartado A.

Los maestros que muchos dicen: Es que aquí nos toca al Sindicato de Maestros. No, porque el Sindicato de Maestros rige sus relaciones conforme al apartado B.

Nosotros no tenemos registrado al SNTE, no les damos la toma de nota, y sus conflictos se dirimen, no en la Junta Federal, sino en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que depende de la Secretaría de Gobernación.

Entonces, la Ley Federal de Trabajo lo dice: Es supletoria de la ley burocrática, de la ley del apartado B, la ley reglamentaria del apartado B.

Entonces, si algo falta o no queda preciso, hay alguna laguna en la ley burocrática, entonces, lo que dice es que se remite a la Ley Federal del Trabajo para que con los principios de ésta se puedan resolver las controversias.

Y, en el caso del apartado B, no existen contratos colectivos de trabajo, sino condiciones generales de trabajo, pero esos sí tienen sus sindicatos, tienen su toma de nota, pero insisto, con base en esa legislación.

La Reforma laboral se refiere al apartado A, que es la gran mayoría de los casos.

Dos, pero rápidamente nos vamos ¿eh?

Pregunta: … Cómo es que ustedes contabilizan esta proyección, es decir, el número de plazas, o debería de preguntar, que se van a abrir un número equis de horas.

Y la otra, el SME anunció una huelga de hambre masiva en el zócalo, como una medida de presión para las autoridades.

La pregunta es ¿realmente usted se sentiría presionado, Secretario? Porque dicen que serían más de 100 personas las que estarían en huelga de hambre por esto, para que revisen nuevamente el decreto de extinción y las condiciones de los (…).

Javier Lozano Alarcón: Con todo gusto. Voy a la segunda. Sería muy lamentable, de veras, no le deseo a nadie que tenga que recurrir a una medida de esa naturaleza.

Desafortunadamente las decisiones que se han tomado están apegadas a derecho, conforme a derecho y con base en estas instituciones.
Y la voluntad de dialogar con ellos, como se ha visto, pues se mantiene abierta, es más, se mantiene ésta como parte de las mesas de trabajo del movimiento nacional por la soberanía alimentaria, los derechos de los trabajadores, los derechos sociales, en fin.

Yo estoy en esa mesa, he tenido ya dos reuniones en las que está presente el propio Martín Esparza en la Secretaría de Gobernación

La próxima semana vamos a instalar la mesa de los asuntos laborales en la Secretaría. Y lo que nos han dicho quienes representan al movimiento, es que quieren tratar temas como es el caso de los electricistas, de los mineros, en fin.

Y los vamos a ver con mucho gusto, pero siempre con apego a derecho y dejando tener muy en claro que las medidas que hemos tomado en uno y en otro caso no tienen marcha atrás.

Entonces, yo lamentaría mucho que se dé ése tipo de expresiones o de movimientos, pero, por otro lado, pues si quiero dejar muy en claro que las decisiones que se han tomado no tienen reversa.

Por otro lado, en cuanto a esta pregunta ¿cómo estamos contabilizando?

Mira, es muy difícil, sino imposible, incluso, poder decir cuántos empleos produce una reforma laboral de estas características. Lo que sí logramos y no fue la Secretaría del Trabajo, sino fue el Instituto Mexicano para la Competitividad, la OIT, la OCV, el Banco de México, la Secretaría de Hacienda, en conjunto hicimos un grupo de trabajo.

Se ha evaluado que una Reforma con estas características, no una reforma descafeinada o una reforma mediocre, no. Una reforma laboral con este alcance que se está planteando tendría una ventaja de hasta 25 posiciones que se ganaría en el pilar de eficiencia del mercado laboral, que México tiene hoy el lugar número 115 de 133 países, poder llegar a la posición número 92 o hasta la número 90, con esta reforma.

Si es más competitiva nuestra economía, luego entonces, es susceptible de ser más atractiva para las inversiones, por lo tanto para la generación de empleos.

En suma, con las nuevas modalidades de contratación es como creemos que es el vehículo para que pueda haber más trabajo, sobre todo para jóvenes y mujeres, y para personas con discapacidad a grupos vulnerables. Y con mayor competitividad, como se lograría con este marco jurídico, es que le es más atractivo a las inversiones y, por lo tanto, a la creación de empleos.

Pregunta: (…)

Javier Lozano Alarcón: Perdón

Pregunta: (…) Por lo tanto, a las empresas sobre todo, o sea, beneficiaria sobre todo a las empresas…

Javier Lozano Alarcón: No, es que, otra vez, no se puede, esto es un vínculo indisoluble, para que haya trabajo tiene que haber quien genere las fuentes de trabajo, y para que haya creación de riqueza tiene que haber trabajadores, se necesitan las dos partes. Por eso lo que busca la legislación laboral es el equilibrio entre los factores de la producción, entre el capital y el trabajo.

Y claro, hay medidas protectoras para los derechos de los trabajadores, por eso está la Constitución, por eso no la queremos tocar, porque son los derechos mínimos e irrenunciables y que tenemos que garantizar, y para eso tenemos a la PROFEDET y tenemos las juntas de conciliación y arbitraje.

Pero nuestra labor, como autoridades, es promover el equilibrio entre las dos partes, capital y trabajo, para que haya justamente más fuentes de trabajo en la economía formal.

Ahora sí nos vamos con la última

Jaime Contreras, de Cadena Tres.- Muy específico, gracias.

Terminan los contratos a tres meses que son como espada de Damocles para muchos trabajadores. Terminan bajo esta reforma, incluso, se les obliga a muchas empresas a firmar su renuncia en blanco y si no, no les dan el nuevo contrato de tres meses.

Número uno, muy específico también, la toma de nota, en la UNT dice directamente que nada de toma de nota. ¿Estarían ustedes de acuerdo en incorporar esa figura, de eliminar la toma de nota?

Y número tres, muy específico también. Secretario, más allá de tu optimismo secular ¿hay algún acuerdo ya estilo PRI, PAN sobre Reforma Fiscal, pero en el caso concreto de la Reforma Laboral, acuerdo verbal o por escrito que a cambio de, tenemos Reforma Laboral?

Javier Lozano Alarcón: Primer tema, de los tres meses, si se renuevan contratos. Mira, ese tipo de prácticas sí, si en privado un patrón, para darle empleo a la gente de pronto recurre a ese tipo de prácticas vejatorias, es algo muy difícil de poder detectar.

Pero yo lo que sí invito es a quienes se vean sometidos a ese tipo de tratos, que vayan documentándolo todo y de entrada que vengan a la PROFEDET y nos encargamos ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de que esos casos de que se simula que no es una prestación de servicios subordinados o que no se fue acumulando antigüedad, nos encargamos de demostrar en la Junta, de que sí hubo antigüedad y que sí hay subordinación en el trabajo, para que se den las indemnizaciones. Para la reinstalación en caso, también, de despido.

Entonces, insisto, ante los abusos, lo que estamos haciendo es reforzar la ley para darles mucho más certidumbre a los trabajadores. Pero no podemos decir que sea imposible que se den esas prácticas porque pues, como cualquier incumplimiento de la ley, corremos el riesgo los patrones, pero si los cachamos y los agarramos en esas prácticas que sepan los trabajadores que con la PROFEDET, de manera gratuita, les vamos a asesorar y que en las juntas los vamos a atender para que se les reconozca esa antigüedad.

Me preguntabas sobre la toma de nota. Nosotros, mira, la toma de nota es algo que prevé la legislación y, además, es algo que a nivel internacional se considera como una práctica perfectamente legal y que no atenta contra la autonomía sindical. Contra lo que muchos han dicho.

Ahora, si no se quiere que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tenga esta facultad en la toma de nota, que se discuta ahora como parte de la reforma, y yo voy a respetar la voluntad y la decisión mayoritaria de los legisladores, en ese sentido.

Nada más sí hago una observación: A ver quién, entonces, va a tener a su cargo la responsabilidad de definir quién tiene la representación legal de un sindicato y quién puede disponer de los recursos del sindicato, porque esto lo que pasa es que se dice que es una intervención injerencista, en fin, de nuestra parte en la vida interna de los sindicatos, ¡falso!

Lo que nosotros hacemos es ver que se cumpla con lo que dicen los estatutos, que es lo que la ley nos otorga como facultad, para ver que se está respetando la voluntad mayoritaria de los trabajadores expresada en los propios estatutos.

Por ejemplo, en este caso, del SME, la mitad voto por una planilla y la mitad voto por otra planilla. Y esto tiene que ver con la representación legal del sindicato con terceras personas como autoridades y, también, con el manejo de los recursos, si no lo desea la Secretaría, me parece muy bien, pero alguien que lo haga ¿eh?

Porque si no pues va a ser por aclamación el que llegue primero a tocar la puerta o al que le crea o al que sea cuate de la autoridad.

Entonces, es muy riesgoso lo que se está planteando. Quiero entender que de buena fe se está haciendo el planteamiento. Lo que sí pido es que se discuta y que si se le quita esto a la Secretaría del Trabajo, que se defina muy bien cómo le harán para respetar la voluntad mayoritaria de los trabajadores, para presentación legal y el manejo de los recursos y el patrimonio de los sindicatos.

Y tercero, mira, ¿por qué estoy optimista de que esto tiene que ocurrir? En primer lugar, porque ya conozco muy bien la materia y conozco las bondades de esta iniciativa y que hoy, te digo, ya las vamos a repetir, para que lo vean ustedes con sus propios ojos.

Segundo, porque a pesar de las diferencias políticas que se han dado entre los partidos y las disputas de principios de año, en fin, yo estoy convencido de que al final habrá, pesará más el sentido de responsabilidad que todo este tipo de fricciones o diferencias que se han dado.

Tercero, que si hay un acuerdo de que va la reforma laboral, siempre y cuando se le otorgue éste u otro beneficio, no. No se está tomando como divisa, ni moneda de cambio, ni como ficha tampoco para efecto de otro tipo de negociaciones, en lo absoluto.

Esta reforma se está planteando por sus méritos, por sus ventajas y por sus bondades, y si ha de pasar es porque todos los actores habrán identificado esas ventajas, esos beneficios y esas bondades y votarán, en consecuencia, porque México lo merece. No como un premio, ni como una medalla ni a la Secretaría, ni al gobierno, ni al partido, sino porque México lo merece.

Ahora sí, por su atención, muchas gracias.


Última modificación: Jueves, 1 Abril, 2010 10:37 PM por WebMaster .