• Protege derechos de las madres trabajadoras
• Combate la discriminación y fortalece el acceso
de mujeres al empleo formal
• Propone nuevos esquemas de trabajo desde el hogar, entre
otros beneficios
Con motivo del Día de la Madre, la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social aprovecha la ocasión
para destacar 10 puntos que, entre otros, beneficiarán
a las mujeres trabajadoras, de aprobarse la Reforma Laboral en
los términos de la iniciativa presentada el pasado 18 de
marzo en la Cámara de Diputados:
1. Prohíbe la práctica patronal discriminatoria
de exigir a las trabajadoras certificados médicos de ingravidez
para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, así
como despedir trabajadoras por estar embarazadas, por cambio de
estado civil o por tener a su cuidado hijos menores.
2. Establece la posibilidad de que la trabajadora transfiera hasta
cuatro de las seis semanas de descanso anteriores al parto para
después del mismo, previa autorización médica,
a fin de que pueda permanecer más tiempo al lado del recién
nacido.
3. Permite, a elección de la trabajadora, que los reposos
por lactancia, consistentes en dos medias horas cada uno, se integren
de manera que se reduzca una hora la jornada de trabajo durante
los seis meses siguientes al nacimiento, lo que permitirá
a las madres trabajadoras gozar efectivamente de este derecho.
4. Facilita el acceso de las mujeres a empleos formales, a través
de las nuevas modalidades de contratación (de capacitación
inicial, de prueba y de temporada, incluido el trabajo por hora),
que permitirán compaginar su actividad laboral con los
requerimientos familiares.
5. Favorece que la mujer se incorpore a la actividad laboral,
al reconocer como modalidad del trabajo a domicilio, el que se
realiza utilizando las tecnologías de la información
y la comunicación (teletrabajo), lo que contribuirá
a que su desempeño profesional sea compatible con sus requerimientos
familiares.
6. Asegura, en caso de una contingencia sanitaria, que las mujeres
en periodos de gestación o de lactancia no acudan a laborar,
sin que sufran perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.
7. Establece la obligación del patrón de dar aviso
a los acreedores alimentarios y a la autoridad judicial, de la
terminación de la relación laboral del trabajador
que tenga a su cargo una pensión alimenticia, para así
mantener vigente su pago:
8. Sanciona el acoso y el hostigamiento sexual, para fortalecer
el respeto debido en las relaciones de trabajo y un mejor clima
laboral.
9. Precisa que las trabajadoras domésticas tengan un descanso
mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas, así
como un descanso mínimo de tres horas distribuidas entre
las actividades matutinas y vespertinas, con la posibilidad de
convenir y ampliar los descansos semanales.
10. Establece la posibilidad de que la Procuraduría de
la Defensa del Trabajo intervenga en la asesoría y patrocinio
de las mujeres beneficiarias de trabajadores fallecidos.
Se invita a las mujeres trabajadoras y a todo interesado a consultar
la iniciativa de la Reforma Laboral y otros documentos explicativos
de la misma en la página de Internet de la Secretaría:
www.stps.gob.mx.