|
Boletín 108
Declara SCJN improcedente controversia constitucional presentada por Diputados contra decreto de extinción de LFC


• Se confirma que los Diputados Federales que promovieron la controversia constitucional, carecen de legitimación para impugnar el Decreto de extinción de LyFC

• No existen más controversias constitucionales pendientes de resolver

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como refrendante del Decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), informa que el día de hoy, los Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), confirmaron el desechamiento de una controversia constitucional planteada en contra del Decreto de extinción de LyFC.

No obstante que la SCJN ya había desechado por notoriamente improcedentes, dos controversias constitucionales presentadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y el Municipio de Tetepango, Hidalgo, los días 10 y 20 de noviembre de 2009, respectivamente, y que ante la falta de las firmas necesarias para ello, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, nunca aprobó interponer una demanda de esta naturaleza en contra del Decreto de extinción de LyFC, el pasado 11 de mayo de 2010 un grupo minoritario de Diputados Federales integrado por Ramón Jiménez López (PRD), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (PT), Mario Di Costanzo Armenta (PT), Jaime Cárdenas Gracia (PT), Emilio Serrano Jiménez (PRD), Agustín Guerrero Castillo (PRD) y Balfre Vargas Cortez (PRD), presentaron ante la SCJN una nueva demanda de este tipo impugnando el referido Decreto del Ejecutivo Federal.

A esta última controversia constitucional, le recayó un acuerdo del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, de fecha 13 de mayo de 2010, en el que se determinó desecharla por resultar notoriamente improcedente, ya que los Diputados que la presentaron carecen de legitimación (interés) para promoverla.

Inconformes con la determinación del Ministro Instructor, el grupo de Diputados Federales presentó un recurso de reclamación, del cual conocieron los Ministros que integran la Primera Sala de la SCJN, quienes el día de hoy, por unanimidad de cinco votos, resolvieron declarar infundado el recurso de reclamación interpuesto, con lo que se confirmó el acuerdo que desechó la controversia constitucional aludida.

Con lo anterior, no existen más controversias constitucionales pendientes de resolverse, en contra del Decreto de 10 de octubre de 2009, que extinguió a Luz y Fuerza del Centro.


Última modificación: Jueves, 1 Julio, 2010 10:38 AM por WebMaster .