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Boletín 101
El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo decide no admitir la queja del Sindicato Mexicano de Electricistas.

• El órgano tripartito rechazó argumentos presentados por el Sindicato Mexicano de Electricistas

• Solicita Comité de Libertad Sindical que el SME sustente su queja

Ginebra, Suiza.- En el marco de la 308ª reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se adoptó el 357° Informe del Comité de Libertad Sindical, el cual destaca la no admisión de la comunicación presentada por el Sindicato Mexicano de Electricistas en noviembre de 2009, relacionada con el decreto de extinción de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro.

Después de examinar el asunto, pidió que antes de decidir al respecto “que la mencionada organización sustentara de manera detallada sus alegatos indicando de qué manera los principios de la libertad sindical y de la negociación colectiva habrían sido infringidos.”

El Comité de Libertad Sindical de la OIT es un órgano tripartito (trabajadores, empleadores y gobiernos), creado en 1951 y cuya responsabilidad consiste, esencialmente, en examinar casos sobre las quejas presentadas por presuntas violaciones a la libertad sindical.

 


Última modificación: Viernes, 18 Junio, 2010 1:59 PM por WebMaster .