• Se tramitarán y resolverán con mayor prontitud
reclamaciones para el otorgamiento de pensiones por viudez, orfandad
y vejez, entre otros.
• El procedimiento sumario propuesto, se tramitará
en su totalidad en una sola audiencia.
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) tramita
más de 247 mil juicios individuales, de los cuales el 55%
corresponde a conflictos relacionados con la seguridad y previsión
social de los trabajadores, como consecuencia de la aplicación
de criterios jurisprudenciales y la Ley del Seguro Social.
La reforma establece reglas procesales adecuadas que permitirán
tramitar y resolver con mayor prontitud, los juicios que en materia
de seguridad y previsión social se presentan ante la JFCA,
como los relativos a las devoluciones del fondo de las cuentas
individuales de retiro o el otorgamiento de pensiones por viudez,
orfandad, cesantía en edad avanzada y vejez.
La Ley Federal del Trabajo en vigor no establece un procedimiento
específico para tramitar los asuntos en que se demandan
prestaciones de seguridad social, por lo que se atienden con las
mismas reglas del juicio ordinario, lo que provoca cargas probatorias
inadecuadas, falta de requisitos formales, perfeccionamiento de
pruebas que no corresponde a la naturaleza de los documentos idóneos
para acreditar este tipo de reclamaciones; todo ello en detrimento
de los trabajadores y sus beneficiarios.
Es importante señalar que el procedimiento sumario propuesto,
se tramita en su totalidad en una sola audiencia, a diferencia
del juicio ordinario que comprende diferentes etapas procesales.
A manera de ejemplo, la reforma incorpora un tratamiento especial
para el desahogo de la prueba pericial médica, donde se
requiera determinar la existencia de padecimientos invalidantes
o de incapacidades derivados de riesgos y enfermedades de trabajo,
para lo cual se establece que los dictámenes en medicina
del trabajo por parte de los peritos de las partes y del perito
oficial se rindan en forma simultánea, no en dos etapas
diferentes como actualmente se prevé en el juicio ordinario.
Con la Reforma Laboral se agilizará el trámite
de los juicios en que se reclamen prestaciones en materia de seguridad
y previsión social, sin que se afecten los principios de
seguridad y certeza jurídica de las partes, y la equidad
en el procedimiento.