La
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y
el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
(SAE) informan a los jubilados del extinto organismo descentralizado
Luz y Fuerza del Centro, que sus jubilaciones serán actualizadas
retroactivamente al mes de febrero, conforme al Índice Nacional
de Precios al Consumidor y se continuarán actualizando cada
año.
De conformidad con el artículo 5 del Decreto por el que
se Extingue el Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el día
11 de octubre de 2009, el Gobierno Federal garantizará
el pago de las jubilaciones otorgadas a los trabajadores de Luz
y Fuerza del Centro. En cumplimiento a esta disposición,
el pago de las jubilaciones se ha venido realizando regularmente
por el SAE en su carácter de liquidador, en tiempo y forma.
A su vez, la cláusula 64 del extinto Contrato Colectivo
de Trabajo que regía las relaciones laborales entre el
Sindicato Mexicano de Electricistas y Luz y Fuerza del Centro
disponía la forma y términos del incremento periódico
de las jubilaciones, por lo que, al ya no resultar aplicable,
se hace necesario un factor de actualización que, en estricta
justicia, permita que los montos de dicha prestación no
pierdan vigencia ni poder adquisitivo. Lo anterior, con el propósito
de salvaguardar el patrimonio de los jubilados de dicho organismo
en liquidación.
Por lo mismo, en respuesta a una consulta realizada por la Subsecretaría
de Electricidad de la Secretaría de Energía el pasado
mes de octubre de 2009, la autoridad laboral determinó
que las pensiones en cuestión se incrementaran anualmente
en el mes de febrero, conforme al Índice Nacional de Precios
al Consumidor. Lo anterior, aplicando por analogía y equidad
lo dispuesto en los artículos 68, 141, 145, 157 fracc.I,
164 fracc.I y 170 de la Ley del Seguro Social. Dichas disposiciones
resultan procedentes atendiendo a lo dispuesto por el artículo
17 de la Ley Federal del Trabajo en el sentido de que a falta
de disposición expresa se tomarán en consideración
las disposiciones que regulen casos semejantes y los principios
generales de justicia social que derivan del artículo 123
de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la
equidad. En consecuencia, y en cumplimiento al Plan para el Pago
de las Jubilaciones autorizado, estás serán incrementadas
en un 3.57 %. Dicho incremento será aplicado retroactivamente
a los más de 20,000 jubilados que tienen derecho a este
beneficio, a partir del primero de febrero de este año.
Los trabajadores jubilados podrán realizar los cobros correspondientes
sin mayores contratiempos en los mismos términos en que
lo han venido haciendo. Este incremento representa un impacto
presupuestal del orden de 450 millones de pesos adicionales a
los montos actuales destinados al pago de las jubilaciones.
Este asunto fue motivo de la agenda de trabajo del grupo intergubernamental
para dar seguimiento a los diversos aspectos relacionados con
la liquidación de Luz y Fuerza del Centro que preside el
Lic. Javier Lozano Alarcón, Secretario del Trabajo y Previsión
Social.
La STPS permanecerá atenta a que se respete puntualmente
el Plan para el Pago de Jubilaciones en los términos señalados.