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Boletín 152
Inicia una segunda etapa para el pago de liquidaciones a extrabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro

• Se otorgarán también compensaciones adicionales, equivalentes al 70 por ciento de lo ofrecido en la primera etapa

El Gobierno Federal anunció que a partir de mañana se habilitarán sucursales de Banjercito para iniciar una segunda etapa a efecto de que ex trabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro puedan cobrar su liquidación y su compensación adicional, equivalente al 70 por ciento de lo que se ofreció en la primera etapa de indemnización voluntaria.

En conferencia de prensa, los Secretarios del Trabajo y Previsión Social y de Energía, Javier Lozano Alarcón y Georgina Kessel Martínez, informaron sobre esta segunda etapa, la cual atiende las solicitudes hechas por extrabajadores del extinto organismo para que se reinicie el pago de liquidaciones y las compensaciones adicionales.

Durante el anuncio, en el que también estuvieron el Subsecretario del Trabajo, Álvaro Castro Estrada; el Director Corporativo del Proceso de Empresas del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), Héctor Orozco Fernández, así como el Coordinador de Asesores del Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio González Anaya, se explicó que en esta etapa, en lugar de 20 centros de indemnización serán cuatro sucursales de Banjercito las habilitadas para dichos pagos, los cuales se realizarán del 26 de noviembre al 23 de diciembre en un horario de 9:00 a 15:00 horas.

Esta segunda etapa, incluida la indemnización más la compensación adicional, equivale a cerca de dos años del último salario integrado por trabajador.

La indemnización ofrecida está integrada por conceptos y prestaciones contenidos en la Ley Federal del Trabajo, el Contrato Colectivo de Trabajo del organismo en liquidación, así como por una compensación adicional, de la siguiente manera:



Disposiciones de la Ley Federal del Trabajo:
-Indemnización: 3 meses de salario integrado.
- Prima Adicional de Antigüedad: 24 días de salario mínimo por cada año de    antigüedad.
- Indemnización por año laborado: 20 días del salario integrado por año de    antigüedad.

Disposiciones del Contrato Colectivo de Trabajo:
- Compensación por antigüedad: 20 días del salario integrado por año de    antigüedad.
- Compensación adicional: 14 días de salario integrado por año de antigüedad para    aquellos con más de 15 años de trabajo.
- Pago de fondo de ahorro: lo acumulado en el año en curso.
- Aguinaldo: proporcional a los días laborados en el año.
- Vacaciones: proporcionales a las no devengadas.
- Indemnización por extinción de la empresa: 3 meses de salario integrado.

Por lo que hace a la compensación adicional, es importante señalar que para quienes tenían una antigüedad menor a seis años, en lugar de 10 por ciento será del 7 por ciento lo que recibirán adicional a su liquidación conforme a la ley. Asimismo, quienes tenían de seis años, pero menos de once años de antigüedad, recibirán 14 por ciento adicional. Los extrabajadores con 11 años, pero menos de 21 años de antigüedad, recibirán una compensación adicional de 28 por ciento.

En ese orden de ideas, quienes tenían 21 años de antigüedad, pero menos de 26, recibirán una compensación adicional de 42 por ciento, y quienes tenían 26 años o más de antigüedad, recibirán un 56 por ciento, en lugar del 80 por ciento que pudieron recibir en la primera etapa.

Las sucursales se encuentran ubicadas en: Avenida Industria Militar No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo; la segunda en Heroica Escuela Naval Militar, No. 861, Colonia Los Cipreses, Coyoacán.

La tercera, se ubica en Avenida Ejército Mexicano, sin número, en la Unidad Habitacional Militar “José María Morelos y Pavón”, en Cuatitlán Izcalli. Y la cuarta en la Carrera Libre México-Pachuca, kilómetro 42 y medio, Tecamac, Estado de México.


Última modificación: Miércoles, 25 Noviembre, 2009 5:24 PM por WebMaster .