Se
informa que con esta fecha, en la Dirección General de Registro
de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, se recibió escrito del Sindicato Nacional de Trabajadores
Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de
la República Mexicana (Sindicato Minero), suscrito por el
señor Sergio Beltrán Reyes, en su calidad de Secretario
del Interior, Exterior y Actas del Comité Ejecutivo Nacional,
mediante el cual solicita se tome nota de la destitución
del señor Carlos Pavón Campos, como Secretario de
Asuntos Políticos de dicho sindicato.
Cabe señalar que previamente a esta solicitud
de Toma de Nota, el señor Carlos Pavón Campos, con
escrito del 13 de mayo del presente año, manifestó
a la mencionada Dirección General de Registro de Asociaciones,
entre otros aspectos, que se le pretende destituir del cargo que
legalmente ostenta y que nunca ha sido notificado de ningún
procedimiento disciplinario instaurado en su contra.
Al respecto, la Dirección General de Registro
de Asociaciones, verificará con fundamento en el artículo
20 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, si se cumplió con lo establecido
en los estatutos del propio sindicato, especialmente, lo previsto
en los artículos 275 y 319, en los cuales se establece, por
un lado, que ningún asociado del sindicato puede ser sancionado
sin haber sido oído previamente, y por el otro, que se haya
respetado el procedimiento establecido en los estatutos, por parte
del Consejo General de Vigilancia y Justicia, para sancionar a un
trabajador. Asimismo, se revisarán las facultades de quien
hace la referida promoción del Sindicato Minero.
En consecuencia, en términos de las disposiciones
jurídicas aplicables y en los estatutos del Sindicato Minero,
se procederá a analizar la referida solicitud de Toma de
Nota para determinar lo que en derecho proceda. Mientras resuelve
la autoridad registral o, en su caso, exista resolución de
la autoridad jurisdiccional, se le continuará reconociendo
al señor Carlos Pavón en su cargo sindical como Secretario
de Asuntos Políticos, en respeto a los propios estatutos
del sindicato y al principio de legalidad.
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