Boletines / Marzo 2009

 

Boletín 022

12 de marzo de 2009

La STPS celebra con Beneplácito las modificaciones a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social en favor de los Jornaleros Agrícolas realizadas por la H. Cámara de Diputados

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social reconoce que el campo mexicano es una fuente importante de empleo para el país; por lo que es necesario fortalecer los derechos laborales y las expectativas de desarrollo social de este sector.

Por ello la STPS instrumentó la Estrategia para la atención de los Jornaleros Agrícolas y sus Familias, cuyo objetivo es fortalecer la coordinación institucional y la sinergia de los programas gubernamentales para promover el acceso de la población jornalera agrícola a un trabajo digno; con respeto a los derechos laborales, condiciones de seguridad y previsión social; y en condiciones de equidad, justicia y legalidad; lo que en conjunto permita el desarrollo individual, familiar y comunitario en sus lugares de origen, destino y tránsito.

Con dicho instrumento se atiende, promueve y procura los derechos laborales de los jornaleros agrícolas. Actualmente la población jornalera agrícola migrante asciende a 1.2 millones, 42 por ciento son mujeres y 58 por ciento son hombres. Población que se encuentra en situación de vulnerabilidad, por la falta de acceso a los servicios de salud y educación.

La STPS comparte la necesidad de avanzar en el acceso efectivo al derecho de la seguridad social y ampliar su cobertura, tomando en cuenta las características propias del trabajo agrícola de los trabajadores eventuales del campo, que por su complejidad, requiere adecuaciones de las leyes en la materia.

La STPS se congratula por la aprobación de las modificaciones a la Ley del Seguro Social, realizada el día de hoy, mediante las cuales otorga mayor certeza y seguridad jurídica a los patrones y a los trabajadores eventuales del campo respecto a las condiciones de su acceso a la seguridad social.

El Dictamen aprobado combina las facilidades que otorga el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 30 de diciembre de 2008 con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2010 y agrega otras como: la celebración de convenios para la prestación de servicios médicos para las mujeres por maternidad y guarderías así como la reducción en las semanas base de cotización.

Se considera que la reforma a la Ley del Seguro Social atiende temas sensibles para la población jornalera y otorga mayor seguridad social:

- Fija un salario base de cotización.
- Obliga al patrón a entregar a cada trabajador al término de la relación laboral, una constancia escrita del periodo laborado durante el ciclo de cultivo y del salario percibido., la cual podrá ser exhibida por el trabajador para acreditar sus derechos laborales y hacerlos efectivos en el momento que sea necesario.
- Reconoce el derecho de los trabajadores eventuales del campo para solicitar su inscripción al Seguro Social.
- Establece la posibilidad de realizar convenios con los patrones para la prestación en especie del seguro de Enfermedades y Maternidad.

Coincide la STPS que es necesario realizar cambios a la legislación laboral vigente, a fin de fortalecer y procurar los derechos de los trabajadores, asimismo disminuir la brecha de vulnerabilidad laboral de los trabajadores como una parte fundamental para Vivir Mejor.