El
8 de junio de 2009, entró en vigor la Norma mexicana para
la igualdad laboral entre mujeres y hombres (la Norma), con lo que
la STPS se pone a la vanguardia en la promoción de prácticas
equitativas dentro del mercado de trabajo, al no existir una Norma
de este tipo a nivel nacional o internacional.
Con esta Norma cualquier organización pública,
privada o social, sin importar su tamaño o actividad, podrá
voluntariamente certificarse y recibir el uso de la marca “Igualdad
Laboral entre Mujeres y Hombres” para que sea utilizada en
sus productos o campañas al incorporar en su cultura organizacional
prácticas que respetan la igualdad y la no discriminación,
la previsión social, el clima laboral adecuado, la libertad
sindical y la accesibilidad laborales entre mujeres y hombres.
La Norma contribuirá a combatir la discriminación,
la violencia, el hostigamiento sexual y la segregación laboral,
al tiempo que promoverá prácticas de conciliación
entre la vida familiar y laboral.
Entre los aspectos más relevantes de la Norma destacan los
siguientes:
• Igualdad y no discriminación. Refiere
a la adopción de políticas y acciones para la igualdad
y no discriminación entre mujeres y hombres, en las comunicaciones
internas y externas de la organización; en el reclutamiento,
selección y permanencia en el trabajo; en cuanto a salarios,
incentivos y compensaciones; en la promoción vertical y horizontal.
• Previsión social. Verifica que las
y los trabajadores disfruten, sin ningún tipo de discriminación,
de las prestaciones y beneficios ofrecidos por la organización.
Asimismo, refiere a la puesta en marcha de esquemas y mecanismos
que permitan a trabajadoras y trabajadores conciliar la vida familiar
y la vida laboral.
• Clima laboral. Comprueba la existencia
de prácticas e indicadores para un ambiente de trabajo libre
de violencia laboral. Este apartado cuenta con un instrumento para
medir el nivel de satisfacción de las y los trabajadores
en el espacio laboral.
• Accesibilidad y ergonomía. Refiere
a la existencia de espacios físicos y mobiliario adaptado
a las necesidades de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia,
personas con discapacidad y personas adultas mayores.
• Libertad sindical. Corrobora el respeto
al derecho de las y los trabajadores a constituir organizaciones
sindicales, así como a afiliarse a las existentes.
El puntaje requerido para que una organización obtenga la
certificación es de 191, es decir, el 75% del puntaje total
de los 255 requisitos establecidos en la Norma.
La Norma también cuenta con puntos obligatorios para obtener
la certificación. En particular, los anuncios de vacantes
u ofertas de trabajo deben estar expresados en lenguaje no sexista
y libres de cualquier tipo de expresión discriminatoria y
debe existir prohibición explícita de exámenes
de no gravidez y de VIH/SIDA como requisito de contratación.
Asimismo, se requiere que las organizaciones cuenten con políticas,
programas y mecanismos de prevención
El certificado que se otorgue tendrá vigencia de dos años
durante este periodo, se realizará una visita de vigilancia
anual a la organización, para verificar el cumplimiento de
la Norma. Si el resultado obtenido en la visita no es el requerido,
se suspenderá o cancelará el certificado, según
sea el caso.
En el diseño de la Norma, participaron dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal, entre las que
destacan las Secretarías de Salud, Economía, Trabajo
y Previsión Social, el Instituto Nacional de las Mujeres,
el Consejo Nacional para prevenir la Discriminación, la Comisión
Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el
Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores y el Instituto
Nacional de Desarrollo Social.
Asimismo, representantes de sectores de la producción, del
Congreso del Trabajo y el Consejo Coordinador Empresarial; de las
Facultades de Psicología y Economía de la UNAM y de
la Universidad Iberoamericana, así como de organismos sociales
y privados, como IBM México, el Centro de Formación
Integral para las Mujeres, la Confederación Mexicana de Organizaciones
en Favor de la Persona con Discapacidad Intelectual, A. C., la Asociación
Mexicana de Mujeres Empresarias y la Red de Mujeres Sindicalistas. |