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CONASAMI
COMUNICADO DE PRENSA

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) acordó otorgar un aumento general a los salarios mínimos de las tres áreas geográficas para el 2010 de 4.85 por ciento.



Los nuevos salarios mínimos generales de las tres áreas geográficas que aplicarán a partir del 1º de enero de 2010 son los siguientes:

Para el área geográfica "A" será de 57.46 pesos diarios. Esta área comprende el Distrito Federal y su área metropolitana, los estados de Baja California y Baja California Sur, las ciudades de Acapulco, Guerrero; Ciudad Juárez, Chihuahua; Nogales, Sonora; Matamoros, Tamaulipas, y Coatzacoalcos, Veracruz, entre otras.

Para el área geográfica "B" el salario mínimo general será 55.84 pesos diarios. Algunas localidades pertenecientes a esta área son las ciudades de Guadalajara, Jalisco; Monterrey, Nuevo León; Hermosillo, Sonora; Tampico, Tamaulipas y Poza Rica de Hidalgo, Veracruz.

Finalmente, en el área geográfica "C" el salario mínimo general será de 54.47 pesos diarios. Este salario aplicará en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; así como en municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.

Asimismo, acordaron para todas las profesiones, oficios y trabajos especiales que sus salarios mínimos profesionales aumentaran en la misma proporción en que lo hicieron los mínimos generales para las tres áreas geográficas existentes, conservando para cada oficio el mismo porcentaje de percepción por arriba del mínimo general que fue determinado en función del grado de calificación requerido para desempeñarlo.

Basilio González Núñez, Presidente de la Comisión, informó que los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con el Gobierno Federal, hacen un público manifiesto que la Resolución que emiten fijando los salarios mínimos que entrarán en vigor el 1 de enero de 2010, representa una decisión unánime de contribuir a la recuperación económica y a apoyar el empleo, como elemento fundamental para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias, y a la supervivencia de la planta productiva del país.

En concordancia con la disposición del sector de los trabajadores en sus exigencias salariales, la parte de los patrones acepta el compromiso de realizar su máximo esfuerzo para mantener y ampliar las fuentes de empleo, y promover esquemas de productividad en el marco del Acuerdo Nacional para la Productividad Laboral.

En adición a lo anterior, el Consejo de Representantes manifestó que el objetivo del empleo productivo debe ser una meta fundamental de la política y la estrategia nacional de desarrollo y base de la estrategia de reducción de la pobreza. Reconoció que la gente está padeciendo con la crisis de empleo, pues detrás de cada empleo perdido hay un drama personal, una familia en grandes dificultades y una crisis social. Asimismo, consideró que la incertidumbre y la disminución de los ingresos alimentan la inseguridad, toda vez que cuando el desempleo se prolonga, los trabajadores pierden progresivamente sus competencias laborales.

El Consejo de Representantes coincidió en que el desempleo agrava el estrés, las enfermedades y la pérdida de la autoestima, lo que genera un estado de angustia personal, pues para quienes desean trabajar, cada día transcurrido sin empleo es sinónimo de mayores tensiones y menores probabilidades de volver a encontrar un trabajo.

De igual manera, los sectores obrero y patronal en el Consejo de Representantes han determinado que se continúe en el próximo año, revisando los salarios contractuales en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, tomando en cuenta su productividad, competitividad y la imperiosa necesidad de generar empleos productivos, de manera que el incremento que se determinó a los salarios mínimos, no sea la base ni el límite para las revisiones contractuales, sino que se considere la capacidad económica de cada empleador, su subsistencia y la necesaria reinversión del capital.

Al tomar su Resolución, el Consejo de Representantes consideró que el subsidio para el empleo se continuará aplicando en los términos obligatorios y directos que se encuentren vigentes a partir del 1 de enero del 2010, con independencia de los salarios mínimos a que se refiere esta Resolución.

A continuación se presentan algunos casos que ejemplifican las modificaciones de que fueron objeto los salarios mínimos profesionales dentro del área geográfica "A".


Última modificación: Jueves, 17 Diciembre, 2009 7:02 PM por WebMaster .