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Boletín 168
Aguinaldo y fondo de ahorro de ex trabajadores de Luz y Fuerza sólo mediante el pago de la indemnización completa

• No procede el pago por separado y sin liquidación, como lo pretenden    algunos integrantes del SME
• Termina este miércoles 23 de diciembre la segunda etapa de    indemnización voluntaria

En relación con la petición formulada por un grupo de ex trabajadores de la extinta Luz y Fuerza del Centro (LyFC) que no han procedido a cobrar de manera voluntaria la indemnización ofrecida por el Gobierno Federal, mediante la cual solicitan el pago de la parte proporcional del aguinaldo correspondiente a los meses laborados durante 2009 así como del fondo de ahorro respectivo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social informa lo siguiente:

La Ley Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 87, determina que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a que se les cubra la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado. Asimismo, el Contrato Colectivo de Trabajo del extinto organismo establecía la obligación de pago de aguinaldo y del fondo de ahorro.

Es así que, en cumplimiento al Decreto de Extinción de LyFC, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2009, en cuanto a que “se respetarán los derechos laborales de los trabajadores de Luz y Fuerza del Centro y las indemnizaciones correspondientes se harán conforme a lo dispuesto por el Contrato Colectivo de Trabajo, la Ley Federal del Trabajo y demás ordenamientos aplicables” las indemnizaciones destinadas a cada ex trabajador quedaron integradas con todas y cada una de las prestaciones y conceptos que le corresponden conforme a lo previsto en la LFT y en el Contrato Colectivo de Trabajo del extinto organismo con el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).

En virtud de lo anterior, a los ex trabajadores de LyFC que han optado por recibir su liquidación les ha sido cubierta la parte proporcional del aguinaldo y del respectivo fondo de ahorro por los meses laborados durante el presente año, además de los otros conceptos y prestaciones de su indemnización y de la cantidad adicional ofrecida, según la etapa en la que cobraron su liquidación.

Así pues, los ex trabajadores que aún no han cobrado su liquidación tienen garantizadas ambas prestaciones (es decir, su aguinaldo y su fondo de ahorro, en la parte proporcional que corresponda) como parte del paquete de indemnización que se encuentra a su disposición en las cuatro sucursales de Banjercito y en los dos centros de indemnización adicionales, habilitados para este propósito.

Así pues, no procede pago parcial alguno del aguinaldo, ni del fondo de ahorro, ni de cualquier otro concepto o prestación derivados de la LFT o del Contrato Colectivo de Trabajo para aquellos ex trabajadores que no cobren la indemnización completa y firmen el convenio de finiquito correspondiente. Esta determinación le fue comunicada el pasado 16 de diciembre a quien fuera Secretario General del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), Martín Esparza Flores, como parte de las pláticas sostenidas con funcionarios de la Secretaría de Gobernación. Desde luego, se reitera a los integrantes del SME que las vías para el ejercicio de sus respectivas acciones legales siguen expeditas ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Por último, se le recuerda a los ex trabajadores de LyFC que no han cobrado aun su liquidación que la segunda etapa, para tal efecto, terminará el próximo miércoles 23 de diciembre. Para atender cualquier duda sobre el monto de indemnización y la cantidad adicional ofrecidas, así como para conocer la ubicación de los centros de pago, se puede llamar al 01800 8010 589 o bien consultar la página electrónica WWW.LFC.GOB.MX


Última modificación: Domingo, 20 Diciembre, 2009 4:23 PM por WebMaster .