
Desde
que inició la presente administración, fueron definidas
cinco grandes líneas de acción para atender las
consecuencias del lamentable accidente ocurrido el 19 de febrero
de 2006 en la Mina Pasta de Conchos, a partir de las instrucciones
giradas por el Presidente de México, Felipe Calderón
Hinojosa. En particular, la quinta línea de acción
se refiere a “Revisar la normatividad que rige la seguridad
en el trabajo minero y los procesos de inspección, para
evitar nuevos accidentes”.
En atención a lo anterior, la Comisión Consultiva
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en sesión
extraordinaria celebrada el 6 de febrero de 2007, acordó
la elaboración de una Norma Oficial Mexicana de Seguridad
para Minas Subterráneas de Carbón, proyecto que
ya fue terminado y presentado este día durante una reunión
de trabajo encabezada por el Secretario del Trabajo y Previsión
Social, Javier Lozano Alarcón, en la que participaron,
entre otros, el Ing. Xavier García de Quevedo, Presidente
de la Cámara Minera de México; el Ing. Eduardo Luna
Arellano, Presidente de Silverwheaton; C.P. José Francisco
Gutiérrez Espinosa, Director General de Fluorita de México;
el Sr. Miguel del Cid Molina, Director de la Oficina para Cuba
y México de la Organización Internacional del Trabajo;
el Ing. Norberto Roque Díaz de León y el Lic. Carlos
de la Cruz Ledezma, Coordinador de Minería y Director General
de Minas de la Secretaría de Economía; el C. P.
Jorge Alanís Canales y el Ing. Alfredo Abraham Cabrera,
Secretario de Fomento Económico y Subsecretario de Minería
del Gobierno del Estado de Coahuila, y la Física Patricia
Zúñiga Bello, Secretaria Técnica del Foro
Consultivo Científico y Tecnológico, A.C.
Se destaca que en esta reunión estuvieron ausentes los
representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros,
Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana,
no obstante de haber sido invitados y que el resultado de los
trabajos presentados son del mayor interés para la seguridad
e higiene en los centros de trabajo donde realizan sus labores.
El proyecto de NOM se integra por 21 capítulos y un total
de 324 disposiciones, que regulan de manera exhaustiva los diversos
temas vinculados con la seguridad en la explotación de
los yacimientos de carbón.
La elaboración de este proyecto se caracterizó por
ser un proceso incluyente en el que intervinieron diversas dependencias
de la Administración Pública, representantes de
los empresarios y organizaciones de trabajadores, asociaciones
civiles, así como especialistas que tienen relación
con la explotación de minas.
Su integración implicó un examen técnico
y profesional realizado con rigor sobre todos los aspectos de
seguridad por abordar en la explotación de minas subterráneas
de carbón: programas específicos; procedimientos
y medidas de seguridad; límites máximos permisibles
de diferentes gases; reconocimiento, evaluación y control
de riesgos; registros y bitácoras administrativas; equipo
de protección personal, y práctica de exámenes
médicos.
Las medidas de seguridad y límites máximos permisibles
por la emisión de gases y de combustibilidad que incorpora
el proyecto, están alineados con estándares internacionales
y prevén los avances tecnológicos en la materia,
cuya efectividad ha sido debidamente constatada a nivel mundial.

Algunos de los rubros más importantes que incorpora este
proyecto de NOM son: plan de desgasificación; monitoreo
a distancia de las concentraciones de gas metano; pruebas de incombustibilidad;
control del avance en frentes de trabajo; sistemas de ventilación
y desgasificación; análisis y determinación
de riesgos; reservas de polvo inerte; control de acceso al interior
de la mina y ubicación del personal, preferentemente en
tiempo real; planos geológicos, de soportes estructurales,
de operaciones de extracción, de circuitos de ventilación,
de localización de maquinaria y equipo de explotación,
eléctrico, de telefonía y comunicaciones; bitácoras
sobre el consumo de explosivos por turno, de las mediciones de
las resistencias de las puestas a tierra, sobre la funcionalidad
del mecanismo general de alarma de incendio, el comportamiento
de los indicadores de las frentes de trabajo, las concentraciones
de gas y las revisión de ademes; equipo específico
de protección personal, de manera destacada el uso de rescatadores,
al igual que la práctica de exámenes médicos
de tórax, audiometría y espirometría.
De manera objetiva
se determinaron excepciones que habrán de aplicar a las
operaciones a menor escala, tales como: la presentación
de planos geológicos estructurales, de distribución
de contenidos de gas metano y estratigrafía del manto;
la elaboración de estudios geológicos e hidrogeológicos;
el desarrollo de estudios especiales de mecánica de rocas;
el empleo de dispositivos de seguridad para el abanico principal,
puertas de explosión y ventilador secundario; requisitos
de fortificación que aplican a operaciones a mediana y
gran escala; la designación de un ingeniero electricista
responsable de las instalaciones, así como una menor reserva
de polvo inerte para galerías, frentes de trabajo, bandas
y equipos en 150 kilogramos y de la permanente para emergencias
en poco más de 4 toneladas.
El Presidente de la
Cámara Minera de México, Ing. Xavier García
de Quevedo, destacó que el Proyecto de Norma Oficial Mexicana
de Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón no
presupone obstáculo alguno para el desarrollo de este tipo
de explotaciones. Tal proyecto cuando entre en vigor, sí
implicará la realización de inversiones que redundarán
en una mayor productividad y por ende en menores costos de operación.
Igualmente, reiteró el compromiso de la Cámara Minera
para sumarse al Programa de Autogestión de Seguridad y
Salud en el Trabajo que promueve la Secretaría del Trabajo
y Previsión Social, puesto que hay una plena convicción
de mejorar los estándares de seguridad en esa industria,
por medio del auto cumplimiento de la normatividad.
Por su parte, el Sr.
Migue del Cid Molina, Director de la Oficina para Cuba y México
de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, mencionó
que gracias a que el Titular del Ramo, Lic. Javier Lozano Alarcón,
revitalizó a la Comisión Consultiva Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, se han obtenido productos de
gran trascendencia, como es el caso de este proyecto de norma,
el cual incorpora y supera el espíritu de diversos convenios
de dicha organización, aun de algunos que no han sido suscritos
por México, como por ejemplo el Convenio 187 de la OIT,
relativo al marco promocional de la seguridad y salud en el trabajo.
Conforme al procedimiento
establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
para la emisión de las normas oficiales mexicanas, el referido
proyecto ha sido remitido a la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria (COFEMER), a efecto de que sea dictaminado y, en su
momento, publicado en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) para consulta pública, por un período de 60
días naturales. Una vez valoradas las observaciones y comentarios
que se reciban como resultado de la citada consulta pública,
se someterá nuevamente a la aprobación del Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud
en el Trabajo para que el multicitado proyecto de Norma Oficial
Mexicana de Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón
se publique en definitiva en el DOF y, en consecuencia, entre
en vigor después de 60 días naturales.
Con estas acciones, la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social reitera su compromiso de mejorar las condiciones de seguridad
e higiene que incidan en una reducción de los riesgos de
accidentes, como el ocurrido en Pasta de Conchos, conjuntamente
con otras autoridades federales y estatales, así como con
el concurso de los factores de la producción.