Boletines / Enero 2008

 

Boletín 005

16 de enero de 2008

La mayoría de los trabajadores mineros optó por laborar con normalidad en este día

Con relación a la convocatoria del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero), que encabeza el señor Napoleón Gómez Urrutia, para llevar a cabo un paro nacional de labores en esa rama industrial durante el primer turno de trabajo del 16 de enero de 2008, se informa lo siguiente:

Conforme a los datos recabados por parte de la Inspección Federal del Trabajo de esta Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se tiene que de un total de 135 centros mineros en operación del país, solamente se registró paro de actividades en 42 de ellos, lo que significa un porcentaje de inactividad inferior al 33% de la industria minera nacional, además de que en la mayoría de los centros de trabajo el paro fue parcial, es decir, no abarcó la jornada laboral completa del primer turno.

Esta información pone de manifiesto la escasa respuesta que mereció de los trabajadores la convocatoria del Sindicato Minero, evidenciando que la mayoría de ellos, en las 22 entidades federativas donde se realiza esta actividad, mantienen su convicción en favor de la preservación de sus fuentes de trabajo, la productividad, la paz laboral y la estabilidad en las relaciones obrero-patronales.

Respecto de las afirmaciones del señor Carlos Pavón, Secretario de Asuntos Políticos del Sindicato Minero, en el sentido de que cerca de cien mil trabajadores mineros realizarían el paro nacional en esta industria, se destaca lo siguiente:

• El padrón de afiliados al Sindicato Minero se compone de 33,581 trabajadores que laboran en los tres turnos que se cubren regularmente en esta industria.

• Lo anterior, sin considerar los 4,158 trabajadores que eligieron libremente cambiar su afiliación del Sindicato Minero al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas de la República Mexicana en octubre de 2007.

Los registros vigentes del padrón de afiliados al Sindicato Minero están disponibles para la consulta del público en general en el portal de Internet de esta Secretaría (www.stps.gob.mx), con lo que se acreditan los beneficios que reporta un ejercicio transparente de los datos y la información pública que obra en poder de las autoridades gubernamentales.

Cabe mencionar que la última actualización al padrón de trabajadores fue realizada por el propio Sindicato Minero el 15 de junio de 2007, bajo la actual dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional, por lo que la cifra cercana a los cien mil trabajadores que presuntamente atenderían la convocatoria de los líderes del Sindicato Minero, se encuentra fuera de toda realidad.

Es importante señalar que la figura del paro de labores, como el convocado por el Sindicato Minero, no está prevista en la Ley Federal del Trabajo, por lo que la convocatoria realizada y los paros parciales verificados, son procedimientos de hecho y no de derecho. En tal virtud, este tipo de situaciones dan lugar a que las empresas, de conformidad con las condiciones de trabajo vigentes, descuenten el importe de los salarios correspondientes por las ausencias injustificadas en este día y se computen estas faltas para efectos de otras sanciones aplicables.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expresa la más firme convicción de buscar, en todo momento, la conciliación de intereses entre los factores de la producción para obtener una paz laboral digna, y manifiesta su certeza de que en los casos de los movimientos de huelga en los centros mineros de Cananea, Sombrerete y Taxco, obedecen a fines ajenos a los auténticos derechos laborales de la mayoría de los trabajadores mineros del país.