Con
relación a la convocatoria del Sindicato Nacional de Trabajadores
Mineros Metalúrgicos y Similares de la República
Mexicana (Sindicato Minero), que encabeza el señor Napoleón
Gómez Urrutia, para llevar a cabo un paro nacional de labores
en esa rama industrial durante el primer turno de trabajo del
16 de enero de 2008, se informa lo siguiente:
Conforme a los datos
recabados por parte de la Inspección Federal del Trabajo
de esta Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
se tiene que de un total de 135 centros mineros en operación
del país, solamente se registró paro de actividades
en 42 de ellos, lo que significa un porcentaje de inactividad
inferior al 33% de la industria minera nacional, además
de que en la mayoría de los centros de trabajo el paro
fue parcial, es decir, no abarcó la jornada laboral completa
del primer turno.
Esta información
pone de manifiesto la escasa respuesta que mereció de los
trabajadores la convocatoria del Sindicato Minero, evidenciando
que la mayoría de ellos, en las 22 entidades federativas
donde se realiza esta actividad, mantienen su convicción
en favor de la preservación de sus fuentes de trabajo,
la productividad, la paz laboral y la estabilidad en las relaciones
obrero-patronales.
Respecto de las afirmaciones
del señor Carlos Pavón, Secretario de Asuntos Políticos
del Sindicato Minero, en el sentido de que cerca de cien mil trabajadores
mineros realizarían el paro nacional en esta industria,
se destaca lo siguiente:
• El padrón
de afiliados al Sindicato Minero se compone de 33,581 trabajadores
que laboran en los tres turnos que se cubren regularmente en esta
industria.
• Lo anterior,
sin considerar los 4,158 trabajadores que eligieron libremente
cambiar su afiliación del Sindicato Minero al Sindicato
Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación
y Beneficio de Minas de la República Mexicana en octubre
de 2007.
Los registros vigentes
del padrón de afiliados al Sindicato Minero están
disponibles para la consulta del público en general en
el portal de Internet de esta Secretaría (www.stps.gob.mx),
con lo que se acreditan los beneficios que reporta un ejercicio
transparente de los datos y la información pública
que obra en poder de las autoridades gubernamentales.
Cabe mencionar que
la última actualización al padrón de trabajadores
fue realizada por el propio Sindicato Minero el 15 de junio de
2007, bajo la actual dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional,
por lo que la cifra cercana a los cien mil trabajadores que presuntamente
atenderían la convocatoria de los líderes del Sindicato
Minero, se encuentra fuera de toda realidad.
Es
importante señalar que la figura del paro de labores, como
el convocado por el Sindicato Minero, no está prevista
en la Ley Federal del Trabajo, por lo que la convocatoria realizada
y los paros parciales verificados, son procedimientos de hecho
y no de derecho. En tal virtud, este tipo de situaciones dan lugar
a que las empresas, de conformidad con las condiciones de trabajo
vigentes, descuenten el importe de los salarios correspondientes
por las ausencias injustificadas en este día y se computen
estas faltas para efectos de otras sanciones aplicables.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expresa
la más firme convicción de buscar, en todo momento,
la conciliación de intereses entre los factores de la producción
para obtener una paz laboral digna, y manifiesta su certeza de
que en los casos de los movimientos de huelga en los centros mineros
de Cananea, Sombrerete y Taxco, obedecen a fines ajenos a los
auténticos derechos laborales de la mayoría de los
trabajadores mineros del país.