La
reciente inmovilización de cuentas bancarias del Sindicato
Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos
y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero),
no fue ordenada por la JFCA, tal como lo afirmó ayer el
representante legal de los trabajadores y extrabajadores mineros
defraudados, Agustín Acosta Azcón.
Lo anterior lo dio
a conocer la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social (STPS), ya que –dijo- de la información con
la que cuenta no se desprende que en los juicios individuales
promovidos por diversos trabajadores en los que reclaman la parte
proporcional de los 55 millones de dólares del Fideicomiso
que manejó el Sindicato Minero, se haya ordenado el congelamiento
de las cuentas bancarias de éste, salvo los embargos precautorios
decretados en los expedientes laborales números 295/06
y 1488/06, emitidos por la Junta Especial Número 19, con
residencia en Guadalupe, Nuevo León, sobre cuentas bancarias
de dicho Sindicato, en diversas instituciones de crédito,
decretados desde el día 15 de febrero y 31 de octubre,
ambos de 2006.
Dicha situación
no ha sido modificada por el Poder Judicial de la Federación,
en virtud de haber sido negado el amparo indirecto solicitado
por el Sindicato Minero en el primero de ellos, y haber sido consentido
el embargo precautorio, en el segundo de los expedientes citados.
Por lo tanto, la STPS
precisa que la medida adoptada recientemente, se debe a procedimientos
jurídicos de otra naturaleza y no se deriva de las acciones
laborales que se encuentran en curso en la JFCA, en contra del
Sindicato Minero y de su exdirigente.