Boletines / Abril 2008

 

Boletín 051

28 de abril de 2008

Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

La Organización Internacional del Trabajo, OIT, estima que 6,000 trabajadores mueren cada día en el mundo a causa de accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo. Además, cada año se producen cerca de 270 millones de accidentes laborales, con un mínimo de tres días de baja laboral, y 160 millones de casos nuevos de enfermedades profesionales. La OIT también estima que el costo total de los accidentes y enfermedades de trabajo equivale al 4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) global, o a más de veinte veces el monto global destinado a la ayuda para el desarrollo.

En nuestro país, con base en la información proporcionada por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el año 2006 más de un mil 300 trabajadores perdieron la vida; se atendieron 388 mil riesgos de trabajo, que incluyen accidentes de trabajo y en trayecto y enfermedades profesionales, y se perdieron más de siete millones 500 mil días por este tipo de riesgos.

El 28 de abril de 2003, la Organización Internacional del Trabajo, OIT, invitó a la comunidad internacional a conmemorar el “Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo”, evento en el que participan más de cien países, con la perspectiva de promover el derecho de los trabajadores a un medio ambiente de trabajo seguro y saludable.

Para el año 2008, el tema central de la celebración es “Mi vida, mi trabajo, mi trabajo en seguridad- Gestión del riesgo en el medio laboral”.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, dentro de la estrategia 4.2 del Objetivo número 4, determina que la prevención de riesgos de trabajo es una de las principales prioridades de la política laboral.

Por su parte, el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2007-2012 señala que es imprescindible establecer las condiciones que aseguren el trabajo digno y con condiciones óptimas de seguridad e higiene, mediante la definición e instauración de políticas públicas con el consenso de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como de los órdenes de gobierno, dependencias e instituciones públicas con atribuciones concurrentes en la materia.

Durante el año 2007, la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, COCONASHT, organismo tripartito previsto en la Ley Federal del Trabajo, que tiene por objeto estudiar y proponer la adopción de medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo, sesionó en cinco ocasiones, a efecto de determinar la Política Pública de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012.

Del diagnóstico llevado a cabo en el seno de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, COCONASHT, se advierte que la prevención y atención de la seguridad y salud en el trabajo en nuestro país se caracteriza por la concurrencia de múltiples autoridades, tanto del orden federal como estatal, con fronteras no delimitadas claramente; un marco normativo complejo y sujeto a contradicciones en su interpretación; la preeminencia de las acciones correctivas, en lugar de dar mayor énfasis a las de carácter preventivo; información limitada y con un importante subregistro de accidentes y enfermedades de trabajo; el desaprovechamiento de los mecanismos de consulta y prevención de riesgos laborales que existen por mandato de ley; los insuficientes recursos de que se dispone para la prevención, tanto en el orden federal como en el estatal; escasos recursos humanos especializados en la materia, y la restringida vigilancia del cumplimiento de la normatividad por parte de la autoridad federal y local.

La Política Pública de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 constituye un precedente en la materia para nuestro país y tiene plena coincidencia con los requerimientos del Convenio 187 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo al Marco Promocional de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Dicha política tiene por objeto contribuir a salvaguardar la vida e integridad física de los trabajadores y, por consiguiente, a la disminución de los accidentes y enfermedades de trabajo, mediante:

• La conjunción de esfuerzos y recursos de las diversas dependencias e instituciones públicas que concurren en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, a efecto de instrumentar acciones más efectivas en la prevención y atención de riesgos laborales.

• La construcción de un marco regulatorio en seguridad y salud en el trabajo consistente, simple y claro, con mayor énfasis en la prevención, acorde con estándares internacionales y que disponga de aquellos medios que contribuyan a abatir los riesgos de trabajo.

• El impulso a la utilización de mecanismos de auto cumplimiento y de sistemas integrales de seguridad y salud en el trabajo que favorezcan el funcionamiento de empresas seguras e higiénicas.

• El desarrollo de políticas públicas sustentadas en información oportuna y confiable sobre la ocurrencia y distribución de los accidentes y enfermedades de trabajo, y con el consenso de las organizaciones nacionales de trabajadores y de empleadores, así como de los órdenes de gobierno, dependencias e instituciones públicas involucradas en la seguridad y salud en el trabajo.

• El otorgamiento de incentivos que favorezca la inversión para la prevención de riesgos de trabajo, así como la obtención de apoyos presupuestarios que aseguren la debida concurrencia de las autoridades estatales en la aplicación y vigilancia de las normas laborales.

• El establecimiento de una cultura para la prevención de los accidentes y enfermedades laborales en el ámbito nacional y la formación de técnicos y especialistas requeridos para la prevención y atención de riesgos de trabajo, así como para el estudio, investigación y determinación de las causas de los accidentes.

• El fortalecimiento de la vigilancia y verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de seguridad y salud en el trabajo, la adopción de las medidas correctivas pertinentes y la aplicación de las sanciones a que haya lugar.

Para materializar tales propósitos fueron establecidos diversos compromisos para el presente año, ante la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, COCONASHT, entre los que destacan los siguientes:

• La revisión del marco normativo de dependencias e instituciones con atribuciones concurrentes en la prevención, atención y vigilancia de la seguridad y salud laborales.

• La actualización de la Tabla de Enfermedades de Trabajo a que se refiere el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo.

• La realización de una campaña para la promoción de la salud de los trabajadores y la prevención de las adicciones en los centros de trabajo.

• La revisión y mejoramiento de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

• La emisión de normas oficiales mexicanas para sectores de alto riesgo, como es el caso de las minas subterráneas de carbón.

• El desarrollo de apoyos informáticos para facilitar a sujetos obligados la observancia de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

• La suscripción de convenios con cámaras y asociaciones de industrias de alto riesgo para la incorporación de sus agremiados al Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.

• El intercambio de información sobre riesgos de trabajo con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

• La creación del portal electrónico para las Comisiones Consultivas Nacional y Estatales y del Distrito Federal de Seguridad e Higiene en el trabajo, a fin de transparentar su funcionamiento.

• La revisión de los instrumentos de política pública para estimular la inversión en la prevención de riesgos laborales.

• La creación de carreras técnicas, así como de diversos diplomados en seguridad y salud en el trabajo, con el objeto de impulsar la formación de técnicos y especialistas en la materia.

• La alineación de los procedimientos que aplica la Inspección Federal del Trabajo con los procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas para homologar y transparentar los procesos de verificación del cumplimiento de las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, a efecto de dar certeza jurídica a los sujetos obligados.

• La ampliación de la plantilla de inspectores y dictaminadores federales del trabajo para fortalecer la verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales.

Los riesgos laborales que tienen lugar en el mundo, y en particular los de nuestro país, exigen un compromiso gubernamental para fortalecer la seguridad y la salud en el trabajo, así como la participación decidida de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, pero también de la sociedad civil, desde donde habrá de edificarse una cultura nacional de prevención.