
El Consejo de Representantes
de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos,
que se integra a partir de julio del presente año, por
primera ocasión, con 22 consejeros del sector obrero (11
titulares y 11 suplentes), 22 consejeros del sector patronal (11
titulares y 11 suplentes) y el presidente de la Comisión
Nacional de los Salarios Mínimos, de conformidad con los
resultados de las convenciones celebradas el 15 de mayo de 2007,
a convocatoria del Secretario del Trabajo y Previsión Social,
licenciado Javier Lozano Alarcón, celebró el día
de hoy su última sesión ordinaria del año.
Durante el desarrollo de la misma, la Dirección Técnica
hizo entrega del Informe al que se refiere la fracción
II del artículo 571 de la Ley Federal del Trabajo, relativo
a las investigaciones y estudios que hubiese efectuado durante
el año y de los presentados por los trabajadores y los
patrones, en el que se considera el movimiento de los precios
y sus repercusiones en el poder adquisitivo de los salarios mínimos,
así como los datos más significativos de la situación
económica nacional, para que el Consejo de Representantes
disponga de la información necesaria para revisar los salarios
mínimos vigentes y fijar, en su caso, los que deban establecerse.
El Informe de la Dirección Técnica consta de seis
capítulos: primero, condiciones generales de la economía,
en el cual se hace una reseña de la evolución de
las principales variables macroeconómicas de México
en el 2007; los capítulos dos y tres presentan los temas
relativos a empleo, salarios y población, con base en la
información generada por el Instituto Nacional de Estadística,
Geografía e Informática (INEGI), el Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS) y la propia Comisión Nacional
de los Salarios Mínimos; los capítulos cuatro y
cinco dan cuenta de las negociaciones laborales y de los programas
de apoyo al empleo y a la capacitación, con base en la
información proporcionada por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social; finalmente, en el último
capítulo se hace una descripción de la evolución
de la inflación en lo que va del año, tanto de la
inflación general como de la que registran los precios
de la canasta básica, con información del Banco
de México.
El Informe presentado por la Dirección Técnica quedó
para estudio y consideración del Consejo de Representantes
de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
Dicho Consejo acordó declararse en sesión permanente
a partir del día primero de diciembre, y dispone de un
plazo que vence el día 30 de diciembre para fijar los nuevos
salarios mínimos generales y profesionales que entrarán
en vigor el día primero de enero del 2008, así como
para ratificar o modificar, en su caso, la integración
de las áreas geográficas en que se divide el país
a efecto de la aplicación de dichos salarios; y para modificar
el Listado de profesiones, oficios y trabajos especiales a los
que se les fija un salario mínimo profesional, de considerarlo
conveniente.