Como
se informó el pasado 26 de julio de 2007, la Dirección
General de Registro de Asociaciones, adscrita a la Subsecretaría
del Trabajo, Seguridad y Previsión Social, entregó
la Toma de Nota solicitada por el señor Juan José
Sosa Arriola, como Secretario General del Sindicato de Trabajadores
de Ford Motor Company, en virtud de haber satisfecho los requisitos
legales previstos en el artículo 365 y demás relativos
de la Ley Federal del Trabajo.
Lo anterior, generó la inconformidad de un grupo de trabajadores
encabezados por el señor Ricardo Martínez Herrera,
Secretario de la Sección del Sindicato de Ford en Hermosillo,
Sonora, habiéndose realizado el 27 de julio de 2007 un
paro de labores de seis horas en la Planta de Ford en dicha ciudad.
Con el ánimo de buscar alguna solución al problema
dentro del marco de la ley, la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, de manera coordinada con el Gobierno
de Sonora, invitó al señor Ricardo Martínez
Herrera a sostener una reunión de trabajo en la Ciudad
de México, misma que se llevó a cabo hoy.
Durante la citada sesión de trabajo, misma que fue encabezada
por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier
Lozano, el Director General de Registro de Asociaciones explicó
a los trabajadores simpatizantes del señor Martínez
Herrera, los motivos y alcances legales de la resolución
administrativa emitida y los exhortó a conducir sus inconformidades
dentro de ley. Asimismo, se les explicaron cuáles serían
las diversas vías de carácter administrativas o
jurisdiccionales, a través de las cuales podrían
presentar sus inconformidades, en la inteligencia de que la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social respetará estrictamente
lo que en derecho proceda, garantizándoles el propio Secretario
Lozano absoluta objetividad e imparcialidad en las resoluciones
de esta Dependencia.
Derivado de lo anterior, el señor Ricardo Martínez
Herrera y el grupo de trabajadores de Ford que lo acompañaron,
resolvieron preparar e interponer en las próximas horas
un recurso administrativo de revisión, por virtud del cual
la Subsecretaría del Trabajo, Seguridad y Previsión
Social, a la cual está adscrita la Dirección General
de Registro de Asociaciones, resolverá el medio de defensa
administrativo antes mencionado, tomando en consideración
los argumentos y medios de prueba que se presentarán ante
dicha instancia.
Es de mencionar, que el grupo de trabajadores participantes en
la reunión referida, manifestaron su decisión de
no parar las operaciones en ninguna de las plantas de Ford, en
tanto se resolviera el recurso administrativo antes mencionado,
mismo que se sustanciará, de acuerdo a la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo y con la máxima celeridad
posible.