Boletines / Diciembre 2007

 

Boletín 090

14 de diciembre de 2007

Presentan la CROC y la Alianza Sindical Mexicana, al titular de la STPS, sus propuestas para una eventual reforma a la Ley Federal del Trabajo

Como se recordará, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha establecido mesas de diálogo sobre los principales temas de la agenda laboral con los representantes de las principales centrales sindicales y empresariales del país.

En este marco, en las reuniones del mes de diciembre con la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) y con la Alianza Sindical Mexicana (ASM), fueron recibidas de ambas sus propuestas y comentarios de cara a una eventual reforma a la Ley Federal del Trabajo.

Lo anterior responde al interés de las organizaciones sindicales de participar en el proceso de definiciones que eventualmente lleven a un acuerdo legislativo que reforme la referida Ley.

Tanto Isaías González Cuevas, Secretario General de la CROC, como Ricardo Espinosa López, Presidente de la ASM, le presentaron sus propuestas al Secretario Javier Lozano para que sean incorporadas en al análisis comparativo que realiza la STPS sobre las más de 184 iniciativas de reformas a la LFT que han sido presentadas por los legisladores en los últimos 10 años, mismo que será sometido a la consideración de las comisiones competentes en ambas cámaras del Congreso de la Unión.

Es importante mencionar que este análisis, en elaboración por la STPS, no pretende constituir una nueva iniciativa de reformas del Poder Ejecutivo a la LFT, el objetivo que se busca es que los legisladores cuenten con un documento en el que se incorporen las coincidencias entre las iniciativas presentadas en la última década, junto con las propuestas de los sectores productivos del país.

Cabe destacar que en las propuestas de temas a considerar planteadas por estas centrales sindicales, existen importantes coincidencias en que cualquier reforma a la normatividad laboral debe mantener sin cambio el artículo 123 constitucional, de manera señalada los derechos individuales y colectivos de los trabajadores, a saber, el derecho de huelga, la contratación colectiva y la libertad y autonomía sindical.