Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Aprobación, Evaluación y Seguimiento de Organismos Privados

Objetivo

Establecer las condiciones y requisitos que deberán satisfacer las personas físicas o morales que deseen obtener la aprobación como unidades de verificación, laboratorios de pruebas y organismos de certificación, para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Constatar que los Organismos Privados cumplen con las disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y su Reglamento.

Comprobar o confirmar que su personal y expertos cuenten con los conocimientos técnicos necesarios y/o que disponen de la capacidad y calidad técnica, material y humana requerida para evaluar la conformidad de las NOM’s de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Con sustento en lo establecido en los LINEAMIENTOS relativos a la aprobación, evaluación y seguimiento de organismos privados para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, publicado en el Diario Federal de la Federación, de fecha 13 de diciembre de 2011.

http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/normatividad/LINEAMIENTOS-DOF-131211.pdf

Requisitos para solicitar la aprobación

Los organismos privados, acreditados en los términos establecidos por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento que deseen obtener la aprobación de la Secretaría para evaluar la conformidad de las normas de acuerdo con la convocatoria que para tal efecto se mita deberán presentar la solicitud respectiva.

La solicitud para la aprobación de los organismos privados, se formulará por escrito y deberá contener:

I. Datos generales del solicitante:
a) Nombre, denominación o razón social;
b) Registro Federal de Contribuyentes;
c) Clave Única de Registro de Población, en el caso de personas físicas;
d) Número de acreditación;
e) Fecha de acreditación;
f) Datos del acta constitutiva, tratándose de personas morales:
    1) Número de acta constitutiva;
    2) Fecha del acta constitutiva;
    3) Nombre del notario público;
    4) Número de notario público;
    5) Entidad federativa del notario público, y
g) Objeto social, en el caso de personas morales;
    II. Datos de localización del organismo privado:
    a) Calle;
    b) Número exterior e interior;
    c) Colonia;
    d) Entidad federativa;
    e) Municipio o delegación;
    f) Localidad o población;
    g) Código postal;
    h) Teléfono(s); i) Fax, y j) Correo electrónico;
      III. Datos del responsable del organismo privado:
      a) Nombre;
      b) Cargo:
        1) Gerente técnico titular y/o gerente sustituto de la unidad de verificación, este último en el caso de personas morales, o
        2) Titular o encargado del laboratorio de pruebas, o
        3) Titular o encargado del organismo de certificación;
      c) Profesión, y
      d) Número de cédula profesional;
        IV. Datos del personal y expertos para realizar o participar en los procesos de evaluación de la conformidad:
        a) Nombre;
        b) Cargo, y
        c) Especialidad: verificadores, signatarios o personal de certificación, tratándose de unidades de verificación, laboratorios de pruebas u organismos de certificación, respectivamente;
          V. Normas para las que solicita la aprobación:
          a) Tipo de norma;
          b) Norma y, en su caso, su alcance con base en el tipo de equipo o procedimiento o método para el monitoreo y cuantificación de los contaminantes del medio ambiente laboral, y
          c) Nombre de las personas que llevarán a cabo la evaluación de la conformidad, y
            VI. Datos del representante legal:
            a) Nombre, y
            b) Documento de acreditación de facultades legales:
              1) Número de escritura pública;
              2) Fecha de escritura pública;
              3) Nombre del notario público;
              4) Número de notario público, y
              5) Entidad federativa del notario público.

              No será necesario proporcionar los datos a que se refiere la fracción VI, en el caso de personas físicas que actúen por su propio derecho.

              La solicitud para la aprobación de los organismos privados, se deberá acompañar de la documentación siguiente:

                I. Acreditación: Copia de la acreditación expedida por una Entidad de Acreditación para evaluar la conformidad de las normas;
                II. Declaración de inexistencia de conflicto de intereses: Documento por el que el solicitante manifiesta que no existe conflicto de intereses entre sus integrantes y las actividades que pretenden realizar y, en su caso, se compromete a no participar en servicios para la evaluación de la conformidad en que se pudiera presentar tal conflicto;
                III. Currículum vitae del personal y expertos: Currículum vitae de los verificadores, signatarios o personal de certificación con que cuenta para realizar o participar en los procesos para la evaluación de la conformidad;
                IV. Servicios a proporcionar: Descripción de los servicios que pretende ofrecer y de los derechos y obligaciones que se establecerán en el contrato de prestación de servicios que utilizará, en el caso de ser aprobado, o bien el propio proyecto de contrato de prestación de servicios;
                V. Capacidad instalada: Soporte del cálculo sobre el número estimado mensual de servicios para la evaluación de la conformidad que podría prestar atendiendo a la capacidad con que cuenta;
                VI. Procedimientos Técnicos y/o Guías de Verificación: Copia controlada de los procedimientos técnicos y/o guías de verificación, respecto de cada una de las normas por las que el interesado pretende obtener la aprobación, y
                VII. Personalidad del apoderado o representante legal: Copia de la escritura pública que acredite la personalidad del apoderado o representante legal compareciente. Los procedimientos técnicos y/o guías de verificación a que alude la fracción VI de este artículo deberán elaborarse de acuerdo con el Procedimiento para la evaluación de la conformidad que emita la Secretaría y los específicos que contengan las normas correspondientes.

              Tratándose de interesados en constituirse como unidad de verificación tipo “B”, la solicitud deberá acompañarse, de manera adicional a lo previsto anteriormente, de la documentación siguiente:

                I. Justificación: Explicación para demostrar que formará una parte separada e identificable de una organización involucrada en el diseño, manufactura, provisión, instalación, uso o mantenimiento de los artículos que verifica, y que ha establecido proveer el servicio para la evaluación de la conformidad a la misma organización;
                II. Carta compromiso de no involucramiento: Documento por el que el solicitante se compromete a que el personal encargado de la verificación no tendrá ninguna relación con la operación de la empresa, ni se involucrará en cualquier actividad de ésta que pueda entrar en conflicto con su independencia de juicio e integridad, en relación con las actividades de verificación, y
                III. Carta compromiso de exclusividad: Documento por el que el solicitante manifiesta que únicamente proveerá los servicios de verificación a la organización de la cual forma parte.
                En el caso de organismos y entidades de la Administración Pública Paraestatal, la documentación para acreditar su representación legal se sujetará a las disposiciones específicas señaladas en sus ordenamientos aplicables.

              Tratándose de interesados en constituirse como unidad de verificación tipo “C”, la solicitud deberá acompañarse de la justificación detallada para demostrar que existirá una separación de las actividades que llevará a cabo el solicitante y que tendrá sus funciones delimitadas para evitar conflicto de intereses, con motivo de:

                I. La prestación de los servicios de elaboración, ejecución y validación de los requerimientos establecidos en las normas, por medio de la emisión de un reporte de servicios, y
                II. La verificación del grado de cumplimiento de las normas, mediante la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidad.
                Vigencia de la Aprobación

                  La vigencia que se consigne en el oficio de aprobación será en los mismos términos a la expedida por una Entidad de Acreditación. La extensión de la vigencia quedará sujeta a las evaluaciones que realicen la Secretaría o la Entidad de Acreditación, de manera conjunta o separada, con el fin de constatar que el organismo privado cumple con las disposiciones de la Ley y su Reglamento, así como de confirmar que su personal y expertos cuentan con los conocimientos técnicos necesarios y que dispone de la capacidad y calidad técnica, material y humana requerida para los servicios que presta, que garanticen el adecuado desempeño de sus funciones.

                    Normatividad

                      Lineamientos
                      Convocatoria
                    Normas Oficiales Mexicanas.-
                    1. Normas de Seguridad
                    2. Normas De Salud
                    3. Normas De Organización
                    4. Normas Específicas:

                    La documentación que deberán presentan los Organismos Privados, deberá ser entregado en copia simple y la misma información podrá ser presentada de forma escaneada en medio magnético (USB o CD).

                    Para más información:

                    Dirección General de Previsión Social
                    Av. Felix Cuevas No. 301,
                    Col. Del Valle,
                    Del. Benito Juárez,
                    C.P. 03100.
                    Correo electrónico: dgsst@stps.gob.mx