Se refieren al reconocimiento y la difusión de
los derechos laborales de los mexicanos en EUA y Canadá, sin importar
su condición migratoria, y de los trabajadores migrantes extranjeros
en México, mediante los canales institucionales entre los gobiernos,
ya que la protección de los derechos de los mexicanos en el exterior
es responsabilidad de la Secretaría
de Relaciones Exteriores, a través de las representaciones
consulares de México en el extranjero. Entre las acciones realizadas
por STPS para promover los derechos laborales de los trabajadores migratorios
están las siguientes:
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En una Declaración Conjunta entre el Secretario
del Trabajo y Previsión Social de México y la Secretaria
del Trabajo de EUA se expresó, al más alto nivel, el
compromiso común de dos gobiernos de hacer cumplir la legislación
laboral para proteger a todos los trabajadores, sin importar su condición
migratoria, y promover un mejor entendimiento de las legislaciones
y prácticas laborales en sus respectivos países. La
voluntad de México y EUA por responder de manera efectiva a
la Decisión de la Suprema Corte de Justicia de EUA en el caso
Hoffman Plastic Compounds vs. NLRB, que determinó negar el
pago de salarios caídos a un trabajador indocumentado despedido
injustificadamente, dio como fruto esta Declaración
Conjunta acerca de los derechos laborales de los trabajadores migratorios,
en abril de 2002.
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En junio de 2002, el gobierno de México solicitó una
opinión consultiva a la Oficina Internacional del Trabajo de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en relación
con los alcances del Convenio 143 y la Recomendación 151 en
materia de protección de los derechos laborales de los trabajadores
migratorios. En noviembre de 2002, la OIT rindió opinión
destacando que la igualdad de trato garantizada por instrumentos internacionales
debe interpretarse en el sentido de que los trabajadores migratorios
en situación irregular deben gozar de los mismos derechos que
los migrantes legalmente admitidos en el territorio de un país.
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En
junio de 2002, en una Declaración
Conjunta entre los Secretarios del Trabajo de México
y EUA en el marco del ACLAN, el Departamento de Trabajo de Estados
Unidos se comprometió a desarrollar materiales informativos
(folletos, trípticos y videos en español), para su distribución
en las áreas de mayor concentración de trabajadores
migratorios mexicanos en EUA. Ambas dependencias acordaron promover
la cooperación continua para replicar esfuerzos modelo de colaboración
en curso entre ambos gobiernos para la protección de los derechos
laborales de los trabajadores migratorios.
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En
seguimiento de estos compromisos con la STPS, el Departamento del Trabajo
de EUA lanzó en junio de 2003, un programa
de protección de derechos laborales de los trabajadores migratorios,
con la colaboración de consulados mexicanos. El programa, que
se inició en Dallas, Texas, y se extendió a ciudades de
alta concentración de trabajadores migratorios, como Phoenix,
Los Angeles y Las Vegas, ofrece información a los trabajadores
migratorios mexicanos en EUA, independientemente de su condición
migratoria, sobre sus derechos laborales y los recursos con que cuentan
para denunciar violaciones a dichos derechos en EUA.
En junio de 2004,
el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Carlos Abascal
Carranza, acordó con su homologa de los Estados Unidos, Elaine
L. Chao, intensificar
los programas de difusión e información
laboral dirigidos a los mexicanos que viven en ese país, con
el fin de evitar abusos y violaciones a los mismos por su calidad
migratoria. En julio de 2004 el Departamento de Trabajo de EUA y la
Secretaría de Relaciones Exteriores ratificaron la continuidad
de estos esfuerzos de colaboración con los consulados mexicanos
en EUA mediante una Declaración
Conjunta y dos Cartas de Intención dirigidas a
reafirmar los compromisos contraídos entre México y
EUA para mejorar el cumplimiento y la difusión de leyes y normas
que protegen a los trabajadores mexicanos en la Unión Americana.
Por mandato del
Secretario del Trabajo y Previsión Social de México,
de la Secretaria del Trabajo de EUA y del Ministro del Trabajo de
Canadá, quienes componen el Consejo de Ministros del Acuerdo
de Cooperación Laboral de América del Norte, el Secretariado
laboral, oficina trinacional de dicho Acuerdo, elaboró guías
sobre los derechos laborales de los trabajadores migratorios
en los tres países. El propósito de las guías
es describir las leyes y procedimientos relacionados con los derechos
laborales y las protecciones y autoridades competentes a las que pueden
acudir los trabajadores migratorios en Estados Unidos, México
y Canadá. Estas guías serán de utilidad para
que los trabajadores migratorios tengan conocimiento de sus derechos,
así como de las instancias a su alcance en caso de violación
a los mismos.
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STPS colabora en los trabajos interinstitucionales del Portal
e-migrantes del Sistema Nacional e-México. El
portal tiene la finalidad de ofrecer información a los migrantes,
sus familias, así como organizaciones y comunidades relacionadas
con el tema. STPS proporciona información sobre sus programas
de vinculación entre oferentes y demandantes de empleo, así
como las respuestas a preguntas frecuentes que recibe la Procuraduría
Federal de la Defensa del Trabajo relativas a los derechos de los
trabajadores migratorios.
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