PolÍtica para la Igualdad Laboral
Impulsar la igualdad de oportunidades y el respeto de los derechos laborales entre mujeres y hombres, al tiempo de evitar la discriminación de la población que requiere atención especial para su inclusión laboral (niñas/os, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores, jornaleras/os agrícolas, personas que viven con VIH-Sida, preliberadas y en reclusión).
Norma mexicana para la igualdad laboral entre mujeres y hombres
La Norma mexicana para la igualdad laboral (NMX-R-025-SCFI-2009) es un instrumento único en su género en América Latina que certifica a organizaciones públicas, sociales y privadas que incorporan prácticas laborales en materia de:
1. Igualdad y no discriminación
Adopción de políticas y acciones para la igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres en:
2. Previsión social
3. Clima laboral
4. Accesibilidad y ergonomía
5. Libertad sindical
La Norma mexicana para la igualdad laboral aplica a organizaciones privadas, públicas y sociales interesadas en una estrategia integral de recursos humanos, a favor del desarrollo profesional y personal de las y los trabajadores.
El 8 de marzo de 2011, el Presidente de la República, Lic. Felipe Calderón Hinojosa, instruyó la certificación de la Administración Pública Federal en la Norma mexicana para la igualdad laboral entre mujeres y hombres, e invitó a fortalecer la instrumentación de prácticas de igualdad y no discriminación en el sector privado.
Beneficios para las/os trabajadores y sus familias
Beneficios para las empresas
Proceso de certificación
La Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como la misma Norma, establecen mecanismos para la evaluación de la conformidad, a través de organismos de certificación acreditados ante la Entidad Mexicana de Acreditación, lo cual da transparencia y certeza al proceso de evaluación y certificación de la Norma.
Puede consultar los organismos de certificación acreditados para certificar en la Norma:
http://igualdadlaboral.stps.gob.mx/igualdadlaboral/Login/LoginCT.aspx
Recursos electrónicos
Puede descargar la guía de uso del Asistente de autodiagnóstico:
http://igualdadlaboral.stps.gob.mx/igualdadlaboral/login/loginCT.aspx
El curso se encuentra disponible en el Aula Virtual de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:
http://procadist.stps.gob.mx/aulavirtual/index.php
Documentos de apoyo (en formato PDF)
Contacto
Subsecretaría de Inclusión Laboral
Dirección General para la Igualdad Laboral
Av. Paseo de la Reforma 93 piso 14, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F. Tel. 3000 3562 y 3000 3547. Correo electrónico: subinlab@stps.gob.mx
Distintivo Empresa Familiarmente Responsable
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¿Qué es?
Un instrumento de diagnóstico de la realidad laboral, integrado por tres grupos de prácticas laborales claramente diferenciadas, aunque íntimamente relacionadas: la equidad de género, la eliminación de la violencia laboral y el hostigamiento sexual y la conciliación trabajo - familia.
¿Quiénes pueden aplicarla?
Cualquier empresa u organización, sin importar su tamaño o actividad, en todo el territorio mexicano.
¿A quiénes beneficia su aplicación?
Beneficia directa e inmediatamente a las trabajadoras y a los trabajadores, aunque la evidencia empírica demuestra que las buenas prácticas laborales redundan en un incremento de la productividad, a partir del mejoramiento del clima laboral y de una mayor identificación del personal con la misión, los objetivos y las metas de la empresa.
¿Qué requisitos establece?
Los requisitos del Distintivo se dividen en tres ejes:
1. Equidad de género: verifica que la empresa distribuya de manera equitativa las oportunidades y los recursos laborales entre mujeres y hombres (el acceso y permanencia en el empleo; los salarios, compensaciones y otros incentivos económicos; las oportunidades de capacitación y desarrollo profesional; la promoción jerárquica y los ascensos; el establecimiento de una cultura de equidad y combate a la discriminación sexual, entre otros).
2. Combate a la violencia laboral y contra el hostigamiento sexual: deben mostrarse evidencias de que la empresa previene y combate prácticas de violencia psicológica en el trabajo, acoso moral o mobbing, así como el hostigamiento sexual, es decir, aquellas solicitudes unilaterales, reiteradas y ofensivas de favores sexuales.
3. Corresponsabilidad familiar: está dirigida a promover que las empresas establezcan políticas de flexibilidad de espacios laborales y de jornadas de trabajo, y otorguen servicios que favorezcan que las y los trabajadores atiendan sus responsabilidades familiares.
¿Cómo se obtiene el Distintivo?
El Distintivo cuenta con una cédula independiente para reconocer y evaluar cada uno de sus ejes con base en diferentes indicadores. La calificación aprobatoria en cada eje deberá ser, como mínimo, de 7.0.
¿Cuál es el procedimiento para obtener el Distintivo?
Es necesario seguir los siguientes pasos y presentar en forma impresa y en archivo digital la información correspondiente:
1. Realizar y aprobar el autodiagnóstico.
2. Llenar y enviar a la Delegación Federal del Trabajo (DFT) la Cédula de registro.
3. Aportar evidencia de las buenas prácticas laborales, mismas que serán evaluadas por el Comité Operativo.
4. Enviar un comunicado a la DFT sobre el número y tipo de demandas laborales de los últimos 24 meses.
5. Recibir la visita del Comité Operativo y permitir una entrevista con trabajadores de la empresa.
6. Recibir el comunicado a la empresa por parte de la DFT.
7. Firmar el Compromiso de la empresa de mantener y difundir el Distintivo.
¿Dónde debe presentar la solicitud?
En la Delegación Federal del Trabajo de su entidad federativa.
¿Dónde puede encontrar mayor información?
En la Delegación Federal del Trabajo de su entidad federativa, cuya dirección puede consultar en la página Web de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (www.stps.gob.mx); o solicitarla a la Subsecretaría de Inclusión Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través del correo electrónico
Contacto
Subsecretaría de Inclusión Laboral
Dirección General para la Igualdad Laboral
Av. Paseo de la Reforma 93 piso 14, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F. Tel. 2000 5100 Ext. 3533. Correo electrónico: subinlab@stps.gob.mx
• Material de difusión del Distintivo Empresa Familiarmente Responsable (díptico y archivo en formato carta)
Índice de Vulnerabilidad Laboral
La vulnerabilidad laboral se define como la condición de riesgo o situación que padece una persona como resultado de la acumulación de desventajas económicas, sociales, culturales y físicas que impiden o limitan su incorporación al ámbito laboral o contar con un empleo de calidad.
El objetivo del Índice de Vulnerabilidad Laboral es identificar la ubicación, la magnitud, las características y el tipo de vulnerabilidad laboral a nivel nacional y estatal, y así obtener un diagnóstico de la misma.
Componentes del Índice:
• Oportunidad del empleo. Se refiere al derecho de toda persona a emplearse en un trabajo libremente escogido o aceptado, sin discriminación y con igualdad de oportunidades. Se divide en las siguientes categorías:
- Desocupación.
- Exclusión laboral.
• Calidad del empleo. Se refiere a los factores vinculados al trabajo que influyen en el bienestar de las y los trabajadores. Se divide en las siguientes categorías:
- Discriminación laboral.
- Desprotección social.
- Precariedad laboral.
• De contexto. Se refiere a los aspectos de marginación y falta de desarrollo local que tienen influencia o pueden incidir en la vulnerabilidad laboral. Categoría:
- Marginación.
Áreas de oportunidad y alcance:
• Proponer políticas y líneas de acción para disminuir las situaciones de riesgo.
• Planear de manera diferenciada a nivel estatal.
• Distribuir los recursos de acuerdo con la magnitud de la vulnerabilidad laboral en cada estado.
• Propiciar el trabajo conjunto con instituciones involucradas en el tema (SEP y SEDESOL, entre otras).
Derechos y obligaciones laborales de las mujeres trabajadoras
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece como Objetivo 9 de su Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social: promover la equidad e inclusión laborales.
Por ello, a través de la Dirección General para la Igualdad Laboral, promueve la igualdad de oportunidades y el respeto de los derechos laborales, así como la no discriminación de los sectores de la población que requieren atención especial para su inclusión laboral.
En nuestro país, los derechos laborales de las y los trabajadores del sector privado se establecen en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Apartado A, en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social, entre ellos:
• Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
• Las trabajadoras y trabajadores tienen derecho a laborar en condiciones que aseguren su vida, su salud y un nivel económico decoroso para ellas(os) y sus familias.
• Toda persona tiene derecho a no ser discriminada laboralmente por motivos de raza, sexo, edad, estado civil, credo religioso, doctrina política o cualquier otro que atente contra la dignidad y tenga por objeto menoscabar sus derechos y libertades.
Conoce tus derechos y obligaciones laborales:
• Material de difusión de la Carta de derechos y obligaciones de las mujeres trabajadoras (folleto y archivo de sólo lectura)
Línea de atención telefónica de asesoría jurídica laboral con enfoque de género y servicio a grupos en situación de vulnerabilidad
La línea ofrece un servicio de orientación jurídico-laboral para la defensa de los derechos de trabajadoras(es) y grupos en situación de vulnerabilidad. Es una línea telefónica nacional, única, confidencial y gratuita (01 800 911 7877).
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http://profedet.stps.gob.mx:75/paginas/q_profedet.htm
Periférico Sur No. 4271, Col. Fuentes del Pedregal, Tlalpan, México D.F., C.P 14149 - Tel. 3000 2100 -
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